Descripción
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Referencia70110
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Descripción
Ayudas cuyo objetivo es facilitar la incorporación de trabajadores desempleados al mercado ordinario de trabajo, en especial de los mayores de cuarenta y cinco años, mediante el establecimiento de incentivos a la contratación por cuenta ajena de estos trabajadores en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 08/04/2015 Fecha de fin: 15/06/2015
Destinatarios y/o requisitos
1. Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, y las entidades de carácter privado sin participación pública que no tengan ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en el presente Acuerdo (Ver apartado Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha).
2. En ningún caso podrán acogerse a las ayudas previstas en este Acuerdo, los organismos y entidades que formen parte del sector público en los términos establecidos en el artículo 3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, así como las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas o cualquier otro tipo de patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas. Igualmente, tampoco podrán acogerse a las ayudas las empresas adjudicatarias de contratos de gestión de servicios públicos.
Documentación a presentar
1. Solicitud, (Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud).
2. Resto de documentación, en el apartado Información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, de acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Presentación de solicitudes
* Obtención de solicitudes:
- En el apartado “Gestión” de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y descargar.
- En los Puntos de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid
- En las Oficinas de Atención al Ciudadano
* Presentación de solicitudes y documentación:
a) Presencial:
En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
b) Por Internet:
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
En el apartado “Gestión” de esta página, se encuentra la opción “Internet” que le permite incorporar la solicitud y documentos necesarios, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa competente para su tramitación. En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de “consulta de expedientes, desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a expedientes en estado de tramitación.
Información Complementaria
Se podrán consultar las acciones subvencionables y las cuantías, en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación.
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones:
Adjudicación. Segundo trimestre de 2019 | Resolución de 10 de julio de 2019 (BOCM nº 182, de 2 de agosto). |
Adjudicación. Cuarto trimestre de 2015 | Resolución de 26 de enero de 2016 (BOCM nº 38, de 15 de febrero) |
Adjudicación. Tercer trimestre de 2015 | Resolución de 18 de noviembre de 2015 (BOCM nº 292, de 9 de diciembre) |
Se podrán consultar los listados, en los tablones de anuncios del Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura y en las Oficinas de Atención al Ciudadano
Normativa
* Orden de 24 de noviembre de 2015, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se declara el importe de la ampliación en 5.200.000 euros del crédito disponible del Programa de Incentivos a la Contratación por Cuenta Ajena de Trabajadores Desempleados, en especial de mayores de cuarenta y cinco años, para el año 2015 (BOCM nº 294, de 11 de diciembre)
* Orden 1625/2015, de 26 de marzo, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa, durante el año 2015, de incentivos a la contratación por cuenta ajena de trabajadores desempleados, en especial de mayores de cuarenta y cinco años, y se establece el plazo de presentación de solicitudes (BOCM nº 81, de 7 de abril)
* Acuerdo de 3 de septiembre de 2014, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el procedimiento de concesión directa del programa de incentivos a la contratación por cuenta ajena de trabajadores desempleados, en especial, de mayores de cuarenta y cinco años (BOCM nº 217, de 12 de septiembre)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).