Descripción
-
Referencia74186
-
Descripción
Ayudas para la escolarización de niños menores de tres años matriculados en centros privados y en centros de titularidad de otras administraciones públicas distintas de la Comunidad de Madrid que no formen parte de su red pública, para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.
Calendario de actuaciones
Destinatarios y/o requisitos
1. Haber nacido o estar previsto el nacimiento con anterioridad al 1 de noviembre de 2016.
2. Estar matriculado o tener reserva de plaza en el primer ciclo de Educación Infantil, en el curso 2016/2017, en un centro de titularidad privada o de titularidad de otras Administraciones públicas distintas a la Comunidad de Madrid que no formen parte de su red pública, autorizado por la Adminitración educativa a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Aportar, junto con la solicitud, la documentación que se exige en la presente convocatoria.
4. No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Calendario de actuaciones >
15/12/2017 | Renuncias en relación con las becas concedidas Orden 4282/2017, de 15 de diciembre (BOCM nº 298, de 15 de diciembre) |
|
18/08/2017 | Renuncias en relación con las becas concedidas Orden 2781/2017/01, de 25 de julio (BOCM nº 196, de 18 de agosto) |
|
10/04/2017 | Tercera Orden de Nuevos Beneficiarios (Ver listados en el apartado gestión, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha y a través de siguiente enlace) |
|
22/02/2017 | Segunda Orden de Nuevos Beneficiarios (Ver listados en el apartado gestión, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha y a través de siguiente enlace) |
|
20/12/2016 | Primera Orden de Nuevos Beneficiarios (Ver listados en el apartado gestión, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha y a través de siguiente enlace) |
|
03/10/2016 |
Relación definitiva de beneficiarios Para consultar listados pinche en el siguiente enlace |
* Recurso: del 4 de octubre al 3 de noviembre de 2016
Ver impreso del recurso en el apartado Gestión, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha. |
28/06/2016 |
Relación provisional de beneficiarios |
* Reclamaciones: del 29 de junio al 9 de julio, ambos inclusive.
Ver impreso de subsanación en el apartado Gestión, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha. |
Documentación a presentar
1. Solicitud, (Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud).
2. Se podrá consultar el resto de documentación en el apartado Información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Presentación de solicitudes
a) Por Internet
Para realizar el trámite por internet, vaya al apartado “Gestión” y pulse en la opción “internet”.
Además de presentar la Solicitud, deberá adjuntar el Anexo firmado por todos los integrantes de la unidad de convivencia (previamente imprimir el Anexo, firmarlo, escanearlo y adjuntarlo junto con la solicitud).
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial:
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea e imprimir.
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro de la Dirección de Área Territorial correspondiente al centro escolar en el que el alumno esté matriculado, en el Registro de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (C/ Gran Vía, 20) o en cualquier Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Información Complementaria
Cuantía de la beca:
1. Con carácter general la cuantía total de la beca será de 1.100 euros a razón de 100 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2016 a julio de 2017, ambos inclusive.
2. En caso de obtener 5 puntos en el apartado 1.1 del artículo 9 de la presente Orden, la cuantía de la beca será de 1.760 euros a razón de 160 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2016 a julio de 2017, ambos inclusive.
3. No obstante, el importe de la beca concedida sumado al de otras ayudas que, en su caso, pueda recibir el alumno para la misma finalidad, no podrá ser superior al coste de la cuota del centro.
- Los criterios de baremación y preguntas frecuentes se podrán consultar en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación.
- En el apartado Gestiónen el apartado de documentación y accediendo a través de impresos podrá localizar los siguientes documentos:
a) Certificado de cambio de centro.
c) Autorización para consulta de datos.
Documentación de interés
Normativa
* Extracto de la Orden 1516/2016, de 11 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte y la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de becas para la escolarización en centros privados en el primer ciclo de Educación Infantil para el curso 2016-2017 (BOCM nº 116 , de 17 de mayo)
* Orden 1274/2016, de 20 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte y de la Consejería de Políticas Sociales y Familia por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para la escolarización en centros privados en el primer ciclo de Educación Infantil (BOCM nº 107, de 6 de mayo)
Órgano Responsable
Te puede interesar
Cheques de Educación Infantil (Curso 2021-2022)
28 abril 2021Cheques de Educación Infantil (Curso 2020-2021)
06 julio 2020Cheques de Educación Infantil (Curso 2019-2020)
07 marzo 2019Cheques de Educación Infantil (Curso 2018-2019)
06 marzo 2018Cheques de Educación Infantil (Curso 2017-2018)
27 febrero 2017
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).