Descripción
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ReferenciaA53
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Descripción
Subvenciones a empresas privadas para realizar proyectos de música, en las siguientes modalidades:
- Producción y estreno de espectáculos musicales con música en directo: zarzuela, ópera.
- Grabación, edición discográfica y difusión por medios audiovisuales o por Internet.
- Producción y exhibición de ciclos, festivales o conciertos.
Se entenderá por ciclo o festival la realización de eventos musicales de cualquier estilo en los que se programen al menos cuatro conciertos diferentes.
Calendario de actuaciones
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07/02/2022Subvenciones concedidas en el tercer y cuarto trimestre de 2021
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11/01/2022Desestimación solicitudes presentadas
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30/12/2021Ampliación del plazo de justificación
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13/12/2021Ampliación del plazo de justificación
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 13/10/2021 Fecha de fin: 03/11/2021
Destinatarios y/o requisitos
Beneficiarios
- Tener la condición de microempresa o de pequeña empresa con capacidad de obrar en el ámbito musical, de acuerdo con lo previsto en el anexo I sobre la definición de pyme, del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014.
- Residencia fiscal en la Comunidad de Madrid.
- Una antigüedad de dos años de actividad profesional acreditada y continuada en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud, o de manera discontinua en los cuatro últimos años.
- No podrán tener la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
- Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Declaraciones de cumplimiento requisitos previstos en el artículo segundo.
- Declaraciones de ayudas solicitadas y de “minimis” de la empresa.
- Certificado de situación censal.
- Las empresas, en su caso, pago del último recibo, certificado de exención o declaración responsable de que su cifra de negocios es inferior a 1.000.000 €.
- Las empresas: escritura de constitución y estatutos sociales en la que conste la inscripción definitiva en el Registro Mercantil y, en su caso, las actualizaciones oportunas.
- Proyecto explicativo del proyecto: Memoria, calendario, ficha artística y técnica, trayectoria profesional. Declaración propiedad intelectual.
- Presupuesto.
- En su caso, contrato de coproducción.
- La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- DNI/NIE (del solicitante o representante).
- Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
- NIF (del solicitante).
- La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.
Información Complementaria
Cuantía:
La presente convocatoria asciende a 225.000 euros. La cuantía mínima individual será de 4.000 euros y la máxima de 41.500 euros. Tendrá como límite el importe de la subvención solicitada y no excederá del 75 por 100 del presupuesto presentado por el interesado en su solicitud.
Período subvencionable:
Desde el 1 de octubre de 2020 al 14 de diciembre de 2021.
Plazo máximo de justificación:
Hasta el 31 de enero de 2022.
Normativa
- Anuncio de 23 de septiembre de 2021, del extracto de la Orden 1118/2021, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para realizar proyectos de música en 2021 (BOCM nº 242, de 11 de octubre).
- Orden 232/2018, de 6 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se modifica la Orden 1424/2016, de 18 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas privadas para realizar proyectos de música (BOCM nº 71, de 23 de marzo).
- Orden 1424/2016, de 18 de abril, de la Consejería Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas privadas para realizar proyectos de música (BOCM nº 107, de 6 de mayo).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).