Descripción

  • Referencia
    88928
  • Descripción

    Subvenciones a empresas privadas para realizar proyectos de música, en las siguientes modalidades:
    a) Producción y estreno de espectáculos musicales con música en directo: Zarzuela, ópera, músicas populares y teatro musical.
    b) Grabación, edición discográfica y difusión por medios audiovisuales o por Internet.
    c) Producción y exhibición de ciclos o festivales.
    d) Programación de salas de música en vivo.

Calendario de actuaciones

Requisitos

Tendrán la consideración de beneficiarios de estas ayudas las empresas cuyo objeto sea la actividad musical, ocupe a menos de 50 personas y su volumen de negocios anual o su balance general no supere los 10 millones de euros. No podrán tener la condición de beneficiario las entidades sin ánimo de lucro, ni las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”

Presentación de solicitudes

La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

Período subvencionable

Según línea de subvención:
I. Producción de un espectáculo musical y de grabación de disco: Desde el 1 de octubre de 2019 al 15 de noviembre de 2020.
II. Programación de ciclos y festivales y programación de salas de música: Desde el 1 de diciembre de 2019 al 30 de noviembre de 2020.

Plazo máximo de justificación

I. Producción de un espectáculo musical y de grabación de disco: Hasta el 16 de noviembre de 2020.
II. Programación de ciclos y festivales y programación de salas de música: Hasta el 1 de diciembre de 2020.

Documentación de interés

Tramitación


Calendario de actuaciones

22/01/2021 Subvenciones concedidas. Tercer y cuarto trimestre 2020.
Resolución de 21 de diciembre de 2020 (BOCM nº 18, de 22 de enero de 2021).
05/11/2020 Orden por la que se desestiman solicitudes presentadas
Orden 1281/2020, de 19 de octubre (BOCM nº 271, de 5 de noviembre)
10/07/2020 Nota informativa sobre la propuesta de resolución.
(Ver nota informativa en el calendario).

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Promoción Cultural

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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