Descripción
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Referencia75535
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Descripción
Procedimiento para la concesión de ayudas a favor de entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y madres sin recursos con hijos de cero a tres años, y al mantenimiento de una red de apoyo.
Calendario de actuaciones
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27/12/2016Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
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27/12/2016
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27/12/2016
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27/12/2016
Destinatarios y/o requisitos
Entidades sin ánimo de lucro, válidamente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
1. Carecer de ánimo de lucro.
2. Realizar actuaciones, objeto de la convocatoria, en el territorio de la Comunidad de Madrid, acreditándolo por cualquier medio admitido en derecho.
3. Haber realizado proyectos, objeto de la convocatoria, desde el 1 de enero al 31 de octubre de 2016 (ambos inclusive).
4. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
5. Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid. Asimismo, deberá acreditar que los centros y servicios están inscritos en el citado Registro.
En el supuesto de que la actividad a subvencionar se trate de un servicio, de no estar inscrito en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid, deberá presentar la comunicación previa de inicio de la prestación de actividades sociales con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
6. Acreditar no encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. El resto de documentación se podrá consultar en el apartado Información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, de acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.
Tramitación
Calendario de actuaciones:
27/12/2016 |
Relación de proyectos concedidos y denegados |
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18/10/2016 | Corrección de errores propuesta de resolución provisional (Ver listados en el apartado Gestión/Listas) |
* Reclamaciones: Del 18 al 28 de octubre de 2016 (ambos inclusive) |
13/10/2016 | Propuesta de resolución provisional (Ver listado en el apartado Gestión/Listas) |
* Reclamaciones: Del 13 al 24 de octubre de 2016 |
Normativa
* Orden 1734/2016, de 3 de noviembre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se modifica la Orden 1312/2016, de 26 de julio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y a madres sin recursos con hijos de hasta tres años y a mantener una red de apoyo para 2016 (BOCM nº 265, de 4 de noviembre)
* Extracto de la Orden 1312/2016, de 26 de julio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y a madres sin recursos con hijos de hasta tres años y a mantener una red de apoyo para 2016 (BOCM nº 183, de 2 de agosto)
* Orden 687/2016, de 10 de mayo, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y a madres sin recursos con hijos de hasta tres años y a mantener una red de apoyo aprobadas por Orden 1034/2013, de 29 de julio, modificada por Orden 1880/2015, de 6 de octubre (BOCM nº 125, de 27 de mayo)
* Orden 1880/2015, de 6 de octubre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y a madres sin recursos con hijos de hasta tres años y a mantener una red de apoyo aprobadas por Orden 1034/2013, de 29 de julio (BOCM de 20 de octubre)
* Corrección de errores de la Orden 1034/2013, de 29 de julio, de la Consejería de Asuntos Sociales(BOCM nº 194, de 16 de agosto)
* Orden 1034/2013, de 29 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y a madres sin recursos con hijos de cero a tres años y a mantener una red de apoyo, y por la que se convocan para 2013 dichas subvenciones (BOCM nº 186, de 7 de agosto)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).