Descripción

  • Referencia
    83621
  • Descripción

    Ayuda económica para la financiación de los gastos por los desplazamientos efectuados para el desempeño del trabajo durante el curso 2017/2018 según lo previsto en el punto 4 del apartado b) del epígrafe 6 del Acuerdo sobre condiciones laborales, prestaciones sociales y régimen de licencias y permisos para el profesorado de religión y moral católica y otro personal docente. 

    Acceso a la aplicación informática de solicitudes Anexo II. Únicamente para excluidos "Por defecto de forma en la presentación de la solicitud"

Requisitos

Requisitos de los solicitantes:
Tramo 1.
Haber prestado servicios efectivos como personal laboral docente señalado en la Base Primera de esta convocatoria, en centros docentes públicos dependientes de la Comunidad de Madrid, durante el curso 2017/2018.

Tramo 2.
Podrán recibir esta ayuda el personal laboral docente que imparte Religión y Moral católica o de cualquier confesión en centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid que tenga suscrito Acuerdo con el Estado español en materia de enseñanza de la religión y los asesores lingüísticos contratados según el Convenio con el British Council, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo señalado en la Base Primera.
b) Haber estado contratado en el mes para el que se solicita la ayuda durante diez días lectivos, como mínimo, como personal incluido en el ámbito de aplicación del anterior Acuerdo.
c) Haber adquirido a su nombre un título de transporte individual para el transporte público de la Comunidad de Madrid.
Asimismo podrán optar a estas ayudas, los solicitantes que cumplan los requisitos a) y b) del punto anterior y no hubieran adquirido a su nombre titulo de transporte individual para el transporte público colectivo de la Comunidad de Madrid, siempre que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 siempre que dicha discapacidad sea incompatible con el uso del transporte público.
b) Desarrollar las tareas docentes en localidad a la que no llegue el transporte público en horario compatible con el horario lectivo.
Se entenderá que a la localidad donde radica el centro no llega transporte público compatible con el horario lectivo, cuando el transporte público existente no pasa por la localidad dentro de la hora anterior al inicio de la actividad en el centro o posterior a la finalización de esta.
c) Cumplir horario en más de un centro, dentro de la misma jornada laboral diaria, con periodicidad semanal.

Requisitos para la concesión de las ayudas

Para la concesión de la ayuda por este tramo, correspondiente al periodo comprendido entre septiembre de 2017 y junio de 2018, se tendrá en cuenta lo siguiente:
a) Solo podrá solicitarse ayuda por un abono de 30 días de cada mes del citado periodo.
b) En el caso de los solicitantes que, en un mismo mes hayan adquirido dos abonos diferentes para los que reúnan los requisitos, la ayuda se concederá, sobre el de mayor coste.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Presentación de solicitudes

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir

a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

   

Información Complementaria

Asignación de cuantías

A los efectos de asignación de cuantías se entenderá como gasto de desplazamiento el que se produzca entre el domicilio y el centro de trabajo, aplicando el criterio de menor distancia ante ambos, tanto en los casos de adquisición de título de transporte como en los supuestos especiales señalados en el apartado 1.2 de la presente Base, a estos efectos se tendrán en cuenta las zonas tarifarias del Consorcio de transportes.

En este sentido, se tomarán como referencia las seis zonas tarifarias existentes en el transporte público de la Comunidad deMadrid: A, B1, B2, B3, C1 y C2. Igualmente, se tendrán en cuenta el importe de los abonos interzonales.

Cuando el centro de trabajo y el domicilio estén en la misma localidad o localidades de la misma zona de transporte, se tomará como referencia para la ayuda de transporte el importe de un salto de zona, a excepción del municipio de Madrid, que se abonará, en todo caso, la zona tarifaria A.

Cuando los municipios del centro de trabajo y el domicilio sean limítrofes, de acuerdo con las zonas tarifarias del transporte público, a efectos de la ayuda se tendrá en cuenta el abono interzonal que corresponda.

En los supuestos, en los que no se haya adquirido un título individual para el transporte público, la cuantía de la ayuda será calculada, con carácter general, aplicando los criterios indicados en los párrafos anteriores

En ningún caso, la cuantía que se perciba por esta ayuda podrá ser superior a lo que corresponde a la zona C2. Y en el caso de Cercanías y presentación de abono “Tarjeta Plus Renfe” la cuantía máxima no superará la zona 7.

Tramitación

Calendario de actuaciones

20/11/2018 Relación definitiva de adjudicatarios y de excluidos. Tramo II
(Ver listados en el calendario)
23/10/2018 Relación definitiva de adjudicatarios. Tramo I
(Ver listados en el calendario)
18/10/2018 Relación provisional de adjudicatarios y de excluidos. Tramo II
(Ver listados en el calendario)
* Reclamaciones: Del 19 de octubre al 2 de noviembre de 2018.
(Ver impreso de Subsanación en el apartado Gestión/Solicitud)
28/09/2018 Relación provisional de adjudicatarios. Tramo I
(Ver listados en el calendario)
* Reclamaciones: Del 1 al 15 de octubre de 2018.
(Ver impreso de Subsanación en el apartado Gestión/Solicitud)

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Organización Educativa
Dirección General de Recursos Humanos

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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