Descripción
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Referencia90030
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Descripción
Subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para la adquisición de fondos bibliográficos consistentes exclusivamente en libros, audiovisuales y contenido multimedia en formato tangible, con destino al incremento de fondos de centros bibliotecarios en funcionamiento e incluidos en el Directorio de Bibliotecas de la Comunidad de Madrid con carácter de biblioteca pública o centro de lectura de titularidad municipal.
Las ayudas se destinan exclusivamente a la línea de actuación b) del artículo 1.2 de las bases reguladoras de las ayudas, aprobadas por la Orden 34/2018, de 24 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, consistente en el incremento de los fondos bibliográficos de bibliotecas en funcionamiento para la mejora y renovación de sus colecciones.
Calendario de actuaciones
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25/02/2021Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
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25/02/2021
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09/10/2020
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 27/07/2020 Fecha de fin: 13/08/2020
Destinatarios y/o requisitos
Se podrán consultar los requisitos en el apartado Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”
Presentación de solicitudes
La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
Información Complementaria
* Cuantía:
400.000 euros.
Tramitación
Calendario de actuaciones:
25/02/2021 | Ampliación de la Orden de concesión. (Ver listado en el calendario) |
* Plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención y resto de documentos indicados en la resolución: Hasta el 25 de marzo de 2021. |
09/10/2020 | Resolución de convocatoria (Ver listado en el calendario) |
* Plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención y resto de documentos indicados en la resolución: Hasta el 30 de octubre de 2020. |
Normativa
* Extracto de la Orden 480/2020, de 9 de julio, de la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la dotación de fondos bibliográficos de sus centros bibliotecarios municipales correspondiente a 2020 (BOCM nº 178, de 24 de julio).
* Orden 34/2018, de 24 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la dotación de fondos bibliográficos de sus centros bibliotecarios municipales (BOCM nº 37, de 13 de febrero).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).