Descripción
-
ReferenciaA146
-
Descripción
Ayudas para la realización de proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y madres sin recursos con hijos de cero a tres años y para el mantenimiento de una red de apoyo, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022 (ambos incluidos).
Calendario de actuaciones
-
23/09/2022Publicación resolución definitiva de entidades beneficiarias y entidades excluidas y/o desistidas. Se abre plazo para presentar Recurso potestativo de reposición del 24 de septiembre al 24 de octubre 2022
-
29/06/2022Propuesta de resolución provisional de entidades propuesta como beneficiarias y entidades propuestas excluidas y/o desistidas. Se abre plazo de alegaciones del 30 de junio al 13 de julio de 2022
Las alegaciones se presentarán obligatoriamente a través de medios electrónicos y deberán dirigirse a la siguiente dirección:
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
Dirección General De Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad
Subdirección General de Familia y Fomento de la Natalidad
Servicio De Apoyo A Las Familias
C/ Manuel de Falla Nº 7 Planta 1ª
Madrid-28036 -
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 09/05/2022 Fecha de fin: 30/05/2022
Destinatarios y/o requisitos
Destinatarios:
Puedes beneficiarte de esta ayuda si eres una entidad sin ánimo de lucro que desarrolles proyectos para asistir a mujeres embarazadas y a madres sin recursos con hijos de cero a tres años de edad.
Requisitos:
Deberás reunir, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener durante todo el período subvencionado los siguientes requisitos:
- Estar válidamente constituida.
- Carecer de ánimo de lucro.
- Haber realizado algún proyecto objeto de esta convocatoria durante el ejercicio anterior.
- Estar al corriente de tus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
- Tener la correspondiente autorización administrativa de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social para el centro, sea cual sea su fecha de creación, o para el servicio en funcionamiento a 30 de diciembre de 2009, en el sector de atención y tipología para el que solicitas la presente subvención, y que se comprobará de oficio por la Administración concedente. Para los servicios en funcionamiento con posterioridad a 30 de diciembre de 2009, haber efectuado, en todo caso, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la comunicación previa de inicio de actividades sociales a través del servicio con el sector y tipología para el que solicitas la subvención, lo que se comprobará de oficio por la Administración concedente.
- No encontrarte incursa en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiaria, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Declaración responsable del representante legal de la entidad en relación a que el proyecto presentado no se encuentra financiado mediante contrato, convenio o concierto con la Consejería de Familia, Juventud y Política Social (Anexo 2)
- Documentación acreditativa del poder de representación de la persona firmante de la solicitud.
- Copia de los estatutos vigentes de la entidad solicitante.
- Documentación acreditativa de que la entidad carece de ánimo de lucro.
- Memoria general de la entidad (Anexo 3).
- Proyecto de la entidad para el que solicita subvención (Anexo 4).
- Memoria del proyecto de la entidad correspondiente al ejercicio anterior.
- Declaración responsable firmada digitalmente por el representante legal en la que se haga constar que la entidad solicitante no concurre ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo 5).
- Declaración responsable firmada digitalmente por el representante legal de la entidad de otras ayudas concurrentes (Anexo 6).
- Declaración responsable firmada digitalmente por el representante legal de la entidad en la que se indique que todo el personal de la entidad (incluido el voluntario), al que corresponde la realización de las actividades objeto de la subvención que impliquen contacto habitual con menores, no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual (Anexo 7).
- Declaración responsable firmada digitalmente por el representante legal de la entidad como responsable de los tratamientos de los datos personales, desarrollados como consecuencia de la actividad subvencionada, por la que asume cumplir con las obligaciones jurídicas, técnicas y organizativas establecidas en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales. (Anexo 8).
- Copia del último recibo abonado del Impuesto de Actividades Económicas o documentación acreditativa de que la Entidad está exenta del pago en el citado Impuesto. En caso de que la entidad esté exenta deberá aportarse declaración responsable suscrita y firmada digitalmente por el representante legal de la entidad en la que se acredite que la entidad continua de alta en la matrícula del citado impuesto.
- En el caso de que en las acciones subvencionables participe personal voluntario, deberá adjuntarse copia del seguro suscrito por la entidad, junto con su justificante de pago o en su caso garantía financiera de los mismos a los que se refiere, el artículo 10.1.e. de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado y el artículo 6.c de la Ley 1/2015, de 24 de febrero, de Voluntariado en la Comunidad de Madrid.
- Documentación acreditativa de la titulación, contratos y porcentaje de dedicación al proyecto de cada profesional de atención directa que participe en las acciones subvencionables, así como declaración responsable del número de coordinaciones realizadas en el ejercicio anterior.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- Copia del NIF, NIE o de la tarjeta de identificación de extranjeros (TIE), del representante legal de la Entidad que solicita la subvención.
- Certificado de la Tesorería General de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Hacienda Estatal (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.
Normativa
- Extracto de la Orden 928/2022, de 22 de abril, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y a madres sin recursos con hijos de cero a tres años y a mantener una red de apoyo para 2022. (BOCM nº 107, de 6 de mayo).
- Orden de convocatoria 928/2022, 22 de abril de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social.
- Orden 1191/2021, de 21 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, de corrección de errores materiales de la Orden 1133/2021, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y a madres sin recursos con hijos de cero a tres años y a mantener una red de apoyo. (BOCM nº 173, de 22 de julio).
- Orden 1133/2021, de 8 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y a madres sin recursos con hijos de cero a tres años y a mantener una red de apoyo (BOCM nº 166, de 14 de julio).
Órgano Responsable
Te puede interesar
- 09 abril 2019
- 21 marzo 2018
- 05 septiembre 2017
- 13 septiembre 2021
- 12 junio 2020
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).