• Pendiente apertura plazo

  • En plazo

    En plazo

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    88336
  • Descripción

    Ayudas que tienen como finalidad el fomento del consumo de frutas y hábitos alimentarios saludables, mediante el suministro de estos productos al alumnado de los centros educativos en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

    El plazo de presentación de las solicitudes de pago desde el 28 de Febrero hasta el 30 de Septiembre de 2020.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 04/11/2019 Fecha de fin: 15/11/2019

Requisitos

1. 1. Aquellos proveedores que figuren para el curso 2019/2020 en el listado de participantes aprobados para la Comunidad de Madrid, elaborado por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) y que está disponible en su página web.
2. Los solicitantes deberán estar inscritos en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).
3. Los solicitantes deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y frente a la Seguridad Social.
4. No estar incurso en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

Documentación a presentar

1.Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2.Documentación requerida que figura en la solicitud, donde asimismo se indican aquellos documentos que consultará la Comunidad de Madrid salvo que expresamente el solicitante se oponga a la consulta en cuyo caso deberá aportarlos.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Presentación de solicitudes

La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet. (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

* Anexo I. Periodo de distribución, Productos, Nº máximo de alumnos, Raciones por alumno e importes máximos por producto.
* Anexo II.A. Listado de centros educativos para el “Suministro de fruta durante el primer semestre de 2020” (ordenados por áreas geográficas-educativas, municipio, nombre del centro y código).
* Anexo II.B. Listado de centros educativos para la “Quincena de la Fruta” (ordenados por áreas geográficas-educativas, municipio, nombre del centro y código).
* El Anexo IV. Solicitud de pago de las ayudas al suministro de frutas al alumnado de centros educativos acompañada de la documentación requerida que se indica en la misma (entre la que se encuentra el Anexo V. Relación por orden cronológico de los albaranes-justificantes de entrega de los productos en los centros educativos en formato Excel); solo estará activada y podrá presentarse durante el periodo de distribución indicado en el Anexo I.A “Suministro de Fruta durante el primer semestre de 2020” por periodos mínimos de suministro de 30 días y durante los 2 meses posteriores al final de cada uno de los 2 periodos de distribución indicados en el Anexo I.

No obstante, cuando el plazo fijado en el apartado anterior se supere, la ayuda se pagará pero reducida como se indica a continuación:

a. Un 5% si el plazo se supera en 1 a 30 días naturales
b. Un 10% si el plazo se supera en 31 a 60 días naturales
c. Cuando se supere en más de 60 días naturales, la ayuda se reducirá además en un 1% por cada día adicional, calculada sobre el saldo restante.

Documentación de interés

Anexo I-A: Información complementaria
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24.75 KB
Anexo II-A: Listado centros primer semestre 2020
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207.97 KB
Anexo II-B: Listado centros quincena fruta 2020
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126.08 KB
Anexo V: Relación de albaranes-justificantes
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61.84 KB
Orden de la convocatoria
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1.19 MB

Plazos y efectos del silencio administrativo

PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

3 meses, contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.

RECURSO DE ALZADA:

Contra la resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, en el plazo de un mes si la resolución fuera expresa y en el caso de desestimación presunta, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. (Artículo 15. Resolución y plazo de la solicitud de ayuda, Orden 572/2019, de 17 de octubre).

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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