Descripción

  • Referencia
    81005
  • Descripción

    Pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial para los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera (CAP).

    Se realizan 6 convocatorias anuales de estas pruebas, las cuales se desarrollan en los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

1. Tener la residencia habitual en la Comunidad de Madrid antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Se presumirá que la residencia habitual del aspirante se encuentra en el lugar que figure como su domicilio en su documento nacional de identidad en vigor. Solo se admitirá que el domicilio sea distinto al que aparece en dicho documento, aunque en todo caso se deberá estar empadronado en la Comunidad de Madrid el último día de presentación de solicitudes, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
— Que el aspirante acredite, mediante certificado de empadronamiento, que ha tenido su domicilio en la Comunidad de Madrid, al menos, 185 días naturales del último año, contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
— Que el aspirante acredite, mediante certificado de empadronamiento, que aun habiendo tenido su domicilio en la Comunidad de Madrid menos de 185 días naturales del último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia a la Comunidad de Madrid. Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una universidad, escuela o centro docente no implica el traslado de la residencia habitual.
2. Haber finalizado en los seis meses anteriores el curso de formación inicial, contado desde el último día del plazo de presentación de solicitudes a examen.
Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el aspirante quedará excluido de las pruebas.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Presentación de solicitudes

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid .

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.

Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

   

Información Complementaria


*
Pruebas a celebrar en el año 2018

Durante el año 2018, la Dirección General de Transportes de la Comunidad de Madrid realizará seis convocatorias de pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de su cualificación inicial, tanto para las categorías D1, D1 + E, D y D + E como para las categorías C1, C1 + E, C y C + E, que se desarrollarán en los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre. 

* Contenido de las pruebas

- Las pruebas se ajustarán al programa establecido en el Anexo I (apartado A) del Real Decreto 1032/2007 (BOE nº 184, de 2 de agosto).
- Los ejercicios a desarrollar, su estructura y su forma de calificación serán los establecidos en el Anexo V, Sección Primera, del citado Real Decreto: El examen constará de 100 preguntas tipo “test”, cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas, siendo las respuestas correctas valoradas con 1 punto y las erróneas se penalizarán con 0,5 puntos negativos; las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.
- Respecto a su duración, los aspirantes dispondrán de un tiempo de dos horas.
- No obstante, aquellas personas que, siendo ya titulares del certificado de aptitud profesional de una de las especialidades, se quieran presentar a la otra especialidad, una vez superada la parte del curso a que se hace referencia en el artículo 14.3 del Real Decreto 1032/2007, solo deberán contestar las 25 primeras preguntas del examen, disponiendo para ello de un tiempo de treinta minutos.

Documentación de interés

Calendario actuaciones anteriores convocatorias
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Tramitación


Plazo de presentación de solicitudes
:

- 1ª convocatoria: Del 29 de noviembre al 21 de diciembre de 2017.
- 2ª convocatoria: Del 1 al 21 de febrero de 2018.
- 3ª convocatoria: Del 1 al 21 de abril de 2018.
- 4ª convocatoria: Del 1 al 21 de junio de 2018.
- 5ª convocatoria: Del 31 de julio al 21 de agosto de 2018.
- 6ª convocatoria: Del 28 de septiembre al 21 de octubre de 2018.

Calendario de actuaciones:

Pruebas del mes de noviembre de 2018
21/12/2018 Relación definitiva de aspirantes declarados aptos
(Ver listados en el apartado Gestión)
30/11/2018 Relación provisional de aspirantes declarados aptos
(Ver listados en el apartado Gestión)
* Reclamaciones: Hasta el 17 de diciembre de 2018.
20/11/2018 Relación definitiva de admitidos y excluidos a las pruebas
(Ver listados en el apartado Gestión)
05/11/2018 Celebración de las pruebas
— Día y hora: 24 de noviembre de 2018.
Mercancías: 08:00 horas.
. Viajeros: 11:00 horas
— Lugar: Centro Integrado de Formación Profesional “Profesor Raúl Vázquez”, sito en la carretera de Villaverde-Vallecas, kilómetro 4, Madrid.
30/10/2018 Relación provisional de admitidos y excluidos a las pruebas
(Ver listados en el apartado Gestión)
* Reclamaciones: hasta el 15 de noviembre de 2018

Plazos y efectos del silencio administrativo

PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: Desestimatorio.

RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Viceconsejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Dirección General de Transportes y Movilidad

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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