Descripción

  • Referencia
    81797
  • Descripción

    Pruebas para la obtención y renovación de los certificados de formación para los Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas en la modalidad de transporte por carretera.

    Se realizan dos convocatorias:

    Convocatorias Plazo de solicitud
    (Obtención y renovación) Pruebas mes Abril Del 1 al 14 de marzo (ambos inclusive)
    (Sólo renovación) Pruebas mes Octubre Del 10 al 24 de agosto (ambos inclusive)
  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

1. El certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas deberá ser renovado durante el último año anterior a la expiración del plazo de vigencia del mismo.

Este requisito deberá cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”

Presentación de solicitudes

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

   

Información Complementaria

Las pruebas versarán sobre las obligaciones que correspondan al consejero de seguridad y sobre las materias recogidas en el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero (BOE nº 50, 27 de febrero de 2014)

Los exámenes a desarrollar, su estructura y su forma de calificación serán los establecidos en la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, y en la Orden de 26 de octubre, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, siendo la duración máxima de cada examen de acceso de dos horas y disponiendo los aspirantes de un tiempo máximo de una hora en cada una de las dos pruebas de que consta dicho examen. La duración máxima de cada examen para la renovación del certificado de aptitud será de una hora.

Tramitación

Calendario de actuaciones

Pruebas mes Octubre
14/11/2018 Relación definitiva de aptos en las pruebas
(Ver listados en el calendario)
25/10/2018 Relación definitiva de aptos en las pruebas
(Ver listados en el calendario)
* Reclamaciones: Hasta el 8 de noviembre de 2018.
05/10/2018 Publicación de fechas y lugares de celebración de las pruebas
Resolución de 26 de septiembre de 2018 (BOCM nº 238, de 5 de octubre).
(Ver llamamientos en el calendario).
18/09/2018 Relación definitiva de admitidos y excluidos a la realización de las pruebas
(en el calendario)
03/09/2018 Composición del Tribunal
Resolución de 16 de agosto de 2018 (BOCM nº 210, de 3 de septiembre)
31/08/2018 Relación provisional de admitidos y excluidos a la realización de las pruebas
(Ver listados en el apartado Gestión en  la columna derecha)
* Reclamaciones: Hasta el 14 de septiembre de 2018.
Pruebas mes Abril
22/05/2018 Relación definitiva de aptos en las pruebas
(Ver listados en el calendario)
26/04/2018 Relación provisional de aptos en las pruebas
(en el calendario)
* Reclamaciones: Hasta el 14 de mayo de 2018.
11/04/2018 Relación definitiva de admitidos y excluidos
(Ver listados en el apartado Gestión en  la columna derecha)
04/04/2018 Publicación de fechas y lugares de celebración de las pruebas
Resolución de 23 de marzo de 2018 (BOCM nº 80, de 4 de abril)
(ver llamamientos en el apartado Gestión/listados).
21/03/2018 Relación provisional de admitidos y excluidos
(Ver listados en el apartado Gestión en  la columna derecha)
* Reclamaciones: del 22 de marzo al 6 de abril de 2018
28/02/2018 Composición del Tribunal
Resolución de 20 de febrero de 2018 (BOCM nº 50, de 28 de febrero)
Ver en el calendario.

Plazos y efectos del silencio administrativo

PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: Desestimatorio.

RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Viceconsejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Dirección General de Transportes y Movilidad

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar