Descripción

  • Referencia
    91545
  • Descripción

    Selección de dos institutos de Educación Secundaria en los que se llevará a cabo la implantación del Programa “Secciones Lingüísticas en Lengua Francesa”, en el curso 2021-2022.

Calendario de actuaciones

Requisitos

1. Institutos de Educación Secundaria pertenecientes al ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid. El programa se iniciará en el primer curso de Educación Secundaria Obligatoria.
2. El centro seleccionado deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Aprobación del Consejo Escolar del centro y del Claustro de profesores, de la solicitud de implantación del Programa “Secciones Lingüísticas en Lengua Francesa” como proyecto de centro.
b) Compromiso del Departamento de Francés del centro, acordado en acta de reunión de Departamento con la ayuda de los profesores implicados, para colaborar en el programa y favorecer su desarrollo.
c) Al menos un profesor con destino definitivo en el centro y que esté en posesión de la habilitación para el desempeño de puestos bilingües de la especialidad correspondiente deberá impartir en francés un área o materia distinta a la de la lengua extranjera, previo acuerdo por parte de su Departamento y de la dirección del centro.

Profesorado >

Los profesores que impartan su materia en francés deberán estar en posesión de la correspondiente habilitación lingüística para el desempeño de puestos bilingües, de acuerdo a lo establecido en la Orden 1275/2014, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de obtención de la habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos, de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria, de la Comunidad de Madrid, modificada por la Orden 1012/2015, de 14 de abril.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Presentación de solicitudes


La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet. (
ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

Criterios de selección:

La valoración de las solicitudes presentadas se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios.

a) Nivel de francés del profesorado: Hasta 25 puntos.
- Número de profesores con destino definitivo en el centro con la especialidad de lengua francesa o con la correspondiente habilitación lingüística para desempeñar puestos bilingües y que hayan adquirido el compromiso de participar en el programa (Anexo V).
- Propuesta de un candidato para su nombramiento como Jefe de Estudios Adjunto de la Sección Lingüística (Anexo VI).
b) Grado de apoyo del Claustro y del Consejo Escolar: Hasta 25 puntos.
c) Valoración del proyecto bilingüe: Hasta 50 puntos.
Se valorará la experiencia educativa del centro, los recursos disponibles, el uso que establezca el equipo directivo del criterio complementario para la admisión de alumnos, con el fin de garantizar el éxito del proyecto.

Tramitación

Calendario de actuaciones:

20/04/2021 Resolución de la convocatoria
Orden 954/2021, de 15 de abril (BOCM nº 93, de 20 de abril)

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política Educativa
Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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