Descripción
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ReferenciaL194
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Descripción
Participación en la distribución previa de permisos de pesca para los cotos «I Angostura», «II Rascafría» y «III Alameda».
Con el fin de garantizar la distribución equitativa de los permisos para la temporada 2025, la adjudicación de estos se efectuará mediante una fase previa de asignación entre los pescadores que muestren su interés en los mismos.
Para optar a la elección de permisos, las solicitudes se presentarán durante el mes de noviembre de 2024, dirigidas al Área de Caza y Pesca.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 01/11/2024 Fecha de fin: 30/11/2024
Destinatarios
Pescadores que, en nombre propio o bajo representación, deseen participar en la distribución preferente de permisos de pesca para los cotos trucheros de "I Angostura", "II Rascafría" y "III Alameda", gestionados de forma directa por la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Presentar la solicitud durante el mes de noviembre.
- Incorporar en cada solicitud los datos de un máximo de 5 pescadores. No es necesario que el propio solicitante sea pescador, pero deberán aportarse los datos personales de cada uno de ellos.
- Indicar en la solicitud si los permisos se solicitan como pescador "ribereño" o como "otros pescadores". La duplicidad de solicitud en ambas categorías para un mismo pescador implicará la anulación de la correspondiente a la categoría de "otros pescadores".
- La duplicidad de un mismo pescador en distintas solicitudes llevará consigo la inclusión del mismo exclusivamente con el número correspondiente a la primera de ellas.
- No podrán incluirse en la solicitud pescadores inhabilitados para la pesca en la Comunidad de Madrid.
Documentación a presentar
No es necesario aportar ninguna documentación.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de presentación electrónica o presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Si deseas más información puedes solicitarla en los teléfonos de caza y pesca 91 438 34 00 / 91 438 34 02 o a través del correo electrónico: licenciascyp@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
Una vez recibida la solicitud y subsanadas las deficiencias se publicarán en el Calendario de actuaciones del trámite:
- Listado provisional de solicitudes admitidas y apertura de plazo de alegaciones.
- Listado definitivo de solicitudes admitidas.
- Apertura del plazo para solicitud de permisos a través de la aplicación informática (del 10 al 28 de febrero de 2025) o de forma presencial en la oficina de licencias de caza y pesca, sita en C/ Alcalá, n.º 16, planta baja; 28014, (Madrid).
- La no elección de permisos disponibles por parte del solicitante en el período fijado para este fin implicará la renuncia al derecho adquirido por la participación.
- A la finalización de la distribución previa, los permisos sobrantes se pondrán a disposición de los pescadores en turno libre, expidiéndose de acuerdo al orden de petición.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Tres meses
Normativa
- Orden 538/2024, de 21 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, sobre establecimiento de vedas y regulación especial de la pesca continental en los ríos, arroyos y embalses de la Comunidad de Madrid, para la temporada 2024 (BOCM nº 55, de 5 de marzo).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).