Última actuación
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27/12/2024Resolución de la convocatoria
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades públicas o privadas que realicen investigación y difundan sus resultados.
Requisitos
- Estar válidamente constituidas y tener domicilio fiscal o establecimiento permanente en la Comunidad de Madrid en el momento de presentar la solicitud
- Pertenecer a una de las siguientes categorías:
- Universidades Públicas y privadas, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (Fundaciones IMDEA).
- Organismos Públicos de Investigación.
- Fundaciones de Investigación Biomédica de las Instituciones Sanitarias adscritas al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).
- Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
- Otras entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, que tengan definidos en sus estatutos la I+D+I como actividad principal.
- Las entidades solamente podrán solicitar financiación para aquellos laboratorios que estén válidamente inscritos en el Registro REDLAB
Documentación
Documentación a aportar:
- Memoria técnica, según modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.
- En su caso, los documentos de la certificación o acreditación tipo ISO que demuestren el cumplimiento de calidad de las actividades incluidas en la memoria técnica.
- Factura proforma o documento equivalente que acredite el coste total de cada equipo solicitado.
- Justificante de presentación en el Registro de la Comunidad de Madrid de la solicitud generada por la aplicación.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Estar al corriente de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad de Madrid.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados
Información adicional
Para consultas relacionadas con la convocatoria dispones del correo electrónico: redlaboratorios@madrid.org
Para consultas relacionadas con la justificación de la ayuda dispones del correo electrónico: seguimiento.control@madrid.org
Para consultas relacionadas con Fondos Europeos dispones del correo electrónico: gestionfondosue.idi@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 4635/2024, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de equipamiento científico-técnico de los laboratorios de la red de laboratorios e infraestructuras científico-técnicas de la Comunidad de Madrid (REDLAB), y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. (BOCM nº 250, de 19 de octubre).
- Orden 4635/2024, de 16 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de equipamiento científico-técnico de los laboratorios de la red de laboratorios e infraestructuras científico-técnicas de la Comunidad de Madrid (REDLAB) y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024 cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. (BOCM nº 249, de 18 de octubre).
- Decreto 9/2024, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula el funcionamiento del registro de la Red de Laboratorios e Infraestructuras Científico-Técnicas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 28, de 2 de febrero).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
- Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- La dirección general competente en materia de investigación, como órgano instructor, efectuará la revisión administrativa de las solicitudes y verificará el cumplimiento de los requisitos y condiciones.
- El órgano instructor podrá acordar la realización de una fase de pre-evaluación para la determinación de aquellos requisitos cuya concurrencia no requiera de ninguna valoración científica o técnica.
- Si las solicitudes no incluyen todo lo necesario, se requerirá a la entidad para que subsane o complete la documentación, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles. Si no lo hiciera, se le dará por desistido de su solicitud.
- Asimismo, se excluirán del procedimiento aquellas entidades solicitantes que no reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, indicando el motivo y abriéndose un plazo para formular alegaciones.
- Una vez finalizado el plazo de solicitud, de subsanación y alegaciones, en su caso, se iniciará la evaluación.
- La selección de las solicitudes y la determinación de la ayuda otorgada a cada propuesta se llevará a cabo por una comisión de selección.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Calendario de actuaciones
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27/12/2024Resolución de la convocatoria
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 21/10/2024 Fecha de fin: 11/11/2024
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud