Descripción
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Referencia87211
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Descripción
Premios destinados a estimular y promocionar el uso de las energías renovables en edificios, fomentar el ahorro y la eficiencia energética en las instalaciones mediante estas tecnologías, así como la actitud innovadora de las personas, empresas e instituciones que hacen uso de ellas.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 07/06/2019 Fecha de fin: 06/08/2019
Destinatarios y/o requisitos
Requisitos de los solicitantes:
1. Titulares de instalaciones geotérmicas.
2. Empresas que instalen o integren sistemas de geotermia en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Requisitos de las instalaciones:
1. Las instalaciones que concurran al premio deberán haber sido ejecutadas o puestas en servicio en la Comunidad de Madrid con posterioridad al 1 de enero de 2018 y antes del 6 de agosto de 2019. Asimismo, dichas instalaciones deberán cumplir con todos los reglamentos que le sean de aplicación, especialmente con el Reglamento de Aparatos a Presión y el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.
2. Se deberá acreditar la fecha de finalización de la instalación mediante documento de recepción provisional o definitiva o dirección fin de obra de la instalación sobre la que se solicita la participación.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Información Complementaria
* Dotación:Entre los participantes que cumplan las condiciones se otorgarán:
1. Un Premio en cada una de las dos modalidades, instalación geotérmica en edificio de uso residencial e instalación geotérmica para uso industrial o de servicios, consistente en una placa acreditativa.
2. Una Mención Especial del Jurado en cada una de las dos modalidades, consistente en un diploma acreditativo.
3. Autorización a los galardonados para que puedan hacer pública la obtención de los citados premios y menciones durante los dos años siguientes a la fecha de su concesión.
Los premios y menciones dentro de cada categoría se asignarán a los participantes que obtengan mayor puntuación en el proceso de concurrencia competitiva.
* Criterios de valoración:
- Contribución al ahorro energético respecto a una instalación convencional: hasta 10 puntos.
- Originalidad, creatividad e imaginación: hasta 10 puntos.
- Integración de las instalaciones en el edificio y en el entorno: hasta 10 puntos.
- Escalabilidad de la solución: hasta 7 puntos.
- Impacto y repercusión social: hasta 10 puntos.
- Grado de cooperación con organismos públicos y privados de investigación en nuevas tecnologías: hasta 5 puntos.
Si, a juicio del Jurado, ninguna candidatura reuniera los méritos suficientes para ser galardonada, estos premios podrán ser declarados desiertos.
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones:
18/11/2020 | Modificación de la composición del Jurado Calificador Resolución de 4 de noviembre de 2020 (BOCM nº 282, de 18 de noviembre). |
18/11/2019 | Nombramiento vocales y secretario del Jurado Calificador Resolución de 18 de octubre de 2019 (BOCM nº 274, de 18 de noviembre) |
Normativa
* Corrección de errores de la Orden de 14 de mayo de 2019, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios a la mejor instalación geotérmica en el sector residencial y mejor instalación geotérmica en el sector industrial y servicios en la Comunidad de Madrid y se convoca la décima edición de los mismos (BOCM nº 143, de 18 de junio)
* Orden de 14 de mayo de 2019, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios a la mejor instalación geotérmica en el sector residencial y mejor instalación geotérmica en el sector industrial y servicios en la Comunidad de Madrid y se convoca la décima edición de los mismos (BOCM nº 133, de 6 de junio).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).