• Pendiente apertura plazo

  • En plazo

    En plazo

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    3618624
  • Objetivo

    Procedimiento para acceder a ciclos formativos de grado medio en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2020-2021.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 02/07/2020 Fecha de fin: 10/07/2020

Requisitos

- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (LOE)
- Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria
- Estar en posesión de un Título Profesional Básico
- Estar en posesión del Título de Técnico
- Estar en posesión del Título de Bachiller
- Haber superado el BUP
- Haber superado el COU o el Preuniversitario
- Estar en posesión del Título de Técnico Auxiliar.
- Estar en posesión del Título de Técnico Especialista.
- Estar en posesión del Título de Técnico Superior de Formación Profesional.
- Estar en posesión de cualquiera del resto de requisitos académicos establecidos en el Anexo I de las Instrucciones de admisión.
- Haber superado el curso específico de acceso a ciclos formativos de grado medio.
- Haber superado la prueba de acceso de ciclos formativos de grado medio o grado superior. Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años
- Haber superado los módulos obligatorios de los Programas de Cualificación Profesional Inicial.

Documentación a presentar

1. Solicitud, según modelo oficial y fotocopia de la misma.
2. Copia del DNI, NIE o Pasaporte.
3. Copia del certificado o documentación acreditativa del requisito de acceso que se aporta para solicitar la admisión.
4. En caso de estudios extranjeros, copia de la resolución de homologación del título o estudios.
5. Certificado oficial acreditativo de discapacidad emitido por el organismo competente (en el caso de optar a reserva de plaza por este concepto).
6. Certificado oficial acreditativo de condición de deportista de alto rendimiento emitido por el organismo competente o fotocopia del BOE en que el solicitante esté incluido (en el caso de optar a reserva de plaza por este concepto).
7. Fotocopia del diploma de Mención Honorífica o Aprovechamiento (si se desea que se valore).

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Presentación de solicitudes

Presentación de solicitudes en la secretaría del centro docente señalado como primera opción en la solicitud de admisión.

   

Información Complementaria

- Las vías de acceso a ciclos formativos de grado medio son:

A. Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

B. Estar en posesión de un título Profesional Básico.

C. Reunir alguno de los requisitos de acceso restantes establecidos en Decreto 63/2019, de 16 de julio.

Cuando no existan plazas suficientes en el centro solicitado, se aplicará un porcentaje de reserva de un 50 por 100 de las plazas para la vía A, un 35 por 100 de las plazas para la vía B y un 15 por 100 de las plazas para la vía C.

En cualquier caso, se reservará un cinco por ciento de las plazas ofertadas para quienes reúnan los requisitos académicos de acceso y tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, acreditada por el certificado correspondiente emitido por el órgano competente y otro cinco por ciento para quienes acrediten la condición de deportistas de alto nivel y/o alto rendimiento

- Oferta educativa para CFGM en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2020-2021

Documentación de interés

Solicitud
Descargar
364.17 KB
Instrucciones
Descargar
1.25 MB
Calendario de actuaciones
Descargar
210.66 KB

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política Educativa
Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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