Descripción

  • BOCM de la convocatoria
    BOCM Nº 64 de 16 de marzo de 2023
  • Referencia
    E3100
  • Número de plazas convocadas
    1
  • Plazas convocadas

    Subsec. Caja Pagadora. Nivel 22. Grupos B/C. Nº puesto de trabajo: 32790.
    Secretaria General Técnica. Subdirección General Gestión Económico administrativa.

  • Sistema de selección

    Concurso de méritos

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Requisitos

Podrás participar en este procedimiento si eres funcionario en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria:

  1. Si te encuentras en servicio activo o quieres reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente.
  2. Si te encuentras en situación de servicios especiales.
  3. Si estas en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrás participar si llevas más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que deseas reingresar al servicio activo.
  4. Si procedes de la situación de suspenso, deberás haber cumplido el período de suspensión.

Méritos:

  1. Experiencia en la tramitación de anticipos de caja fija y pagos a justificar y en la elaboración y rendición de cuentas justificativas y documentos contables: 2 puntos
  2. Experiencia en la tramitación de documentos contables de ingreso: 2 puntos
  3. Experiencia en la tramitación de expedientes y documentos contables de operaciones extrapresupuestarias relativos a la recaudación obtenida a través de cuentas restringidas: 2 puntos
  4. Experiencia en la gestión de expedientes de declaración de iva correspondiente a ingresos: 1 punto.
  5. Manejo de las aplicaciones SUAC, Sief-ingresos, SUEX y NEXUS (módulos de registro contable de facturas, terceros, contabilidad general-gestor de iva y anticipos de caja fija y pagos a justificar): 1 punto.

 

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Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
  • Documentos que se aportan junto a la solicitud:
  1. Certificado de funciones.
  2. Documentación acreditativa de los cursos realizados.
  3. Certificado de Registro de Personal emitido por otra AAPP, en su caso.
  4. Otros.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Secretaría General Técnica de Economía, Hacienda y Empleo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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