Descripción
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BOCM de la convocatoriaBOCM Nº 147 de 19 de junio de 2020
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Referencia3617342
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Plazas convocadas
8.
- Sec. Defensa contra Incendios Forestales. Nivel 25. Grupos: A/B.
(nº puesto de trabajo 35737) Agencia Seguridad y Emergencias Madrid 112. Dirección General Emergencias. Localidad: Las Rozas de Madrid.
- Subsec. Uniones de Hecho II. Nivel 22. Grupos: B/C.
(nº puesto de trabajo 46552) Secretaría General Técnica.
- Subsec. Gestión Económico-Presupuestaria. Nivel 22. Grupos: B/C.
(nº puesto de trabajo 77358) Secretaría General Técnica. Subdirección General Gestión Económico-Administrativa.
- Neg. Gestión Presupuestaria. Nivel 18. Grupos: C/D.
(nº puesto de trabajo 77359) Secretaría General Técnica. Subdirección General Gestión Económico-Administrativa.
- Subsec. Gestión de Expedientes de Consejo de Gobierno. Nivel 22. Grupos: B/C.
(nº puesto de trabajo 77363) Secretaría General Técnica. Subdirección General Régimen Jurídico y Desarrollo Normativo.
- Subsec. Procedimientos Normativos. Nivel 22. Grupos: B/C.
(nº puesto de trabajo 77364) Secretaría General Técnica. Subdirección General Régimen Jurídico y Desarrollo Normativo.
- Subsec. Régimen Jurídico. Nivel 22. Grupos: B/C.
(nº puesto de trabajo 77365) Secretaría General Técnica. Subdirección General Régimen Jurídico y Desarrollo Normativo.
- Neg. Apoyo Administrativo. Nivel 18. Grupos: C/D.
(nº puesto de trabajo 77366) Secretaría General Técnica. Subdirección General Régimen Jurídico y Desarrollo Normativo. -
Sistema de selección
Concurso de Méritos
Calendario de actuaciones
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11/01/2021Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
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11/01/2021
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23/11/2020Fecha de publicación de lista provisional de admitidos
Destinatarios y/o requisitos
1. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
2. Los funcionarios en situación de servicio activo podrán participar si, en la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria, han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido (excepciones a consultar en la propia orden de convocatoria, en Normativa aplicable).
3. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
4. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.
* Méritos:
Se podrán consultar en el apartado Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.
Documentación a presentar
1. Solicitud ((Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud)).
2. En el caso de que los interesados hayan desempeñado puestos de trabajo con carácter definitivo en otras Administraciones Públicas en los cinco años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la convocatoria, certificado emitido por el Registro de Personal de la Administración correspondiente.
3. Documentación, original o copia cotejada, acreditativa de los méritos, preferentes y no preferentes, que se aleguen.
4. Certificado de Registro de Personal, que en el caso de los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación de puestos de trabajo en la Comunidad de Madrid, reservados a personal funcionario de carrera no docente, el interesado no tendrá ni que solicitarlo ni que aportarlo (consultar Certificado de Registro de Personal).
5. En caso de que se soliciten plazas que se encuentren afectadas por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, recogidas en Anexo, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el apartado de tramitación (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).
** La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.
Presentación de solicitudes
- Recogida:
- Ver apartado Gestión.
- Servicio de Personal de cada Consejería.
- Oficinas de Atención al Ciudadano.
- Presentación de solicitudes y documentación:
Las solicitudes podrán presentarse preferentemente en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas (C/ Carretas, 4), o en cualquier Oficina de Asistencia en Materia de Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Si desea acudir a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid para realizar las gestiones y trámites de su interés, solicite cita previa.
Documentación de interés
Normativa
* Orden 346/2020, de 5 de junio, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas por el procedimiento de Concurso de Méritos (BOCM nº 147, de 19 de junio).
* Las Órdenes de convocatorias publicadas a partir del 3 de octubre de 2016 se regirán por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).