Descripción
-
ReferenciaA96
-
Descripción
Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de pacientes o familiares de pacientes para la realización de programas de ayuda mutua y autocuidados en salud para personas con enfermedad crónica, que se desarrollen en la Comunidad de Madrid.
Calendario de actuaciones
-
05/07/2022Resolución de la convocatoria. Se abre plazo de justificación de la subvención del 6 al 26 de julio de 2022.
La presentación de la justificación de la subvención se realizará por el servicio de tramitación digital Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria. Se adjuntará cumplimentado el anexo que se encuentra en la sección Anexos, al pulsar CONSULTAR
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 29/03/2022 Fecha de fin: 19/04/2022
Destinatarios y/o requisitos
Destinatarios
Entidades con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro de pacientes o familiares de pacientes, que realicen programas de ayuda mutua y autocuidados en salud para personas con enfermedad crónica.
Requisitos
- Carecer de ánimo de lucro.
- Tener el domicilio en la Comunidad de Madrid, lo que deberá constar en los estatutos de la entidad.
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, en razón de su forma jurídica y ámbito de actividad.
- Contar con una estructura organizativa y técnica adecuada que garantice el cumplimiento de los objetivos que se pretenden desarrollar.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- El personal de la entidad (incluido el voluntario) que realice actividades que impliquen contacto habitual con menores no podrá haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos.
Requisitos de los proyectos:
- Las actuaciones objeto de subvención deberán haberse desarrollado en el año 2021.
- Los proyectos deberán encuadrarse en alguna de las líneas que se indican a continuación, quedando excluidos el resto:
- Promoción del autocuidado del paciente crónico.
- Formación a pacientes en habilidades de autogestión de la enfermedad.
- Mejora de la capacitación del cuidador del paciente con proceso crónico.
- Mejora de la calidad de vida de los pacientes con patologías crónicas.
- Mejora de la calidad de vida del cuidador.
- Apoyo psicológico y emocional al enfermo y sus cuidadores.
- Información dirigida a pacientes.
- Seguridad del paciente.
- Atención a la población con problemas de alcoholismo.
Se excluyen las actividades de formación continuada, los congresos u otras actividades similares, así como las publicaciones que tengan como objetivo promocionar a la entidad en sí misma.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Declaración responsable relativa al cumplimiento de requisitos para ser beneficiario de la subvención y de las ayudas recibidas para la misma finalidad que la solicitada (Anexo II)
- Documento acreditativo de la representación que ostenta el firmante
- Estatutos de la entidad
- Resumen del proyecto (Anexo III)
- Memoria del proyecto.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Tarjeta de identificación fiscal
- Certificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado
- Certificación de estar al corriente de pago frente a la Seguridad Social.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Orden 341/2022, de 11 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de pacientes o familiares de pacientes para la realización de programas de ayuda mutua y autocuidados en salud para personas con enfermedad crónica, que se desarrollen en la Comunidad de Madrid
- Extracto de la Orden de 15 de marzo de 2022, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de pacientes o familiares de pacientes para la realización de programas de ayuda mutua y autocuidados en salud para personas con enfermedad crónica, que se desarrollen en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 74, de 28 de marzo)
- Orden 175/2021, de 18 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de pacientes o familiares de pacientes para la realización de programas de ayuda mutua y autocuidados en salud para personas con enfermedad crónica, que se desarrollen en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 54, de 5 de marzo).
Órgano Responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).