Descripción

  • Referencia
    75615
  • Descripción

    Subvenciones para la incorporación de personas jóvenes, mayores de dieciséis años y menores de treinta años, no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación para que puedan recibir una oferta de empleo y así fortalecer los equipos de investigación que desarrollan su trabajo en las áreas de interés estratégico para la Comunidad de Madrid.

Calendario de actuaciones

Requisitos

Se podrán consultar los requisitos de los beneficiarios y de los jóvenes a contratar en el apartado información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Se podrá consultar la documentación a presentar en el apartado Información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).

Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Presentación de solicitudes

* Obtención de solicitudes:

- Los candidatos cumplimentarán su solicitud en la aplicación disponible en el apartado Gestión pulsando el botón Tramitar al principio de esta ficha y en la siguiente dirección web: www.madrimasd.org

* Presentación de solicitudes y documentación:

b) Por Internet:

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

En el apartado “Gestión” de esta página, se encuentra la opción “Internet” que le permite incorporar la solicitud y documentos necesarios, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa competente para su tramitación. En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de “consulta de expedientes, desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a expedientes en estado de tramitación.

a) Presencial:

En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

   

Información Complementaria

Se podrán consultar los criterios de evaluación en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación.

Documentación de interés

Requisitos
Descargar
54.14 KB
Documentación a presentar
Descargar
41 KB
Criterios de evaluación
Descargar
36.58 KB

Tramitación

Calendario de actuaciones

08/01/2021 Ayuda concedida.
Orden 266/2020, de 28 de diciembre (BOCM nº 6, de 8 de enero de 2021).
09/01/2017 Resolución de la convocatoria
Orden 3892/2016, de 12 de diciembre (BOCM nº 7, de 9 de enero de 2017)
Ver listado en el calendario.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
Dirección General de Universidades

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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