Descripción

  • Referencia
    A438
  • Descripción

    Selección de auxiliares de danza para la implantación del programa piloto de auxiliares de danza en centros educativos madrileños a desarrollar en el curso académico 2023-2024.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Personas con titulación en Enseñanzas Profesionales de Danza

Requisitos

  1. Haber superado las Enseñanzas Profesionales de Danza y obtenido el título correspondiente.
  2. Ser mayor de edad (haber cumplido 18 años) y ser menor de 60 años con respecto del 1 de septiembre del año de inicio del correspondiente curso.
  3. No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de sus funciones como auxiliar.
  4. Carecer de delitos de naturaleza sexual.
  5. Dominio del idioma español. Solo se requerirá prueba documental en los casos que no se trate de candidatos españoles o de países de habla hispana.
  6. No estar vinculado a ninguna administración Pública, ya sea funcionario de carrera, funcionario interino, personal eventual o personal laboral o que estuvieran prestando actividad en centros privados sostenidos con fondos públicos.
  7. No estar incurso en alguna de las circunstancias y prohibiciones que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones según la normativa de subvenciones.
  8. Hallarse, con carácter previo al cobro de la subvención, al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, no tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas. 

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportarán junto a la solicitud:

  1. Título de las Enseñanzas Profesionales de Danza.
  2. Certificación académica de haber superado las Enseñanzas Profesionales de Danza.
  3. Certificado que garantice dominio del idioma español, mínimo B2 (solo para candidatos que no sean españoles o de países de habla hispana).
  4. Otros documentos que acrediten méritos (Formación adicional específica en folclore, Participación en espectáculos incluidos en festivales de carácter infantil o juvenil, etc).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF/NIE
  2. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable) 

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado negativo de delitos de naturaleza sexual.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite puedes contactar a través del correo electrónico aux.danza@madrid.org

Documentación de interés

Preguntas frecuentes
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Tramitación

Se publicará la propuesta de resolución provisional de concesión de las ayudas en el calendario de actuaciones de este trámite, y se concederá un plazo de diez días para presentar alegaciones, en su caso.

Una vez examinadas las alegaciones se formulará la propuesta de resolución definitiva, que será publicada en el calendario de actuaciones de este trámite. Expresará la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de las ayudas por orden de puntuación. Esta propuesta incluirá una relación de suplentes, ordenada asimismo de acuerdo con la puntuación obtenida.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 3134/2023, de 18 de agosto , de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la implantación del programa piloto de auxiliares de danza en centros educativos madrileños.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Dirección General de Enseñanzas Artístisticas

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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