Descripción
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Referencia85464
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Descripción
Subvenciones a la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, correspondientes al Área del Centro Histórico de Alcalá de Henares (artículo 26.1) del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, prorrogado por el Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre.
Calendario de actuaciones
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11/11/2019Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 28/12/2018 Fecha de fin: 27/03/2019
Destinatarios y/o requisitos
Los propietarios únicos de edificios de viviendas, las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios y los consorcios y entes asociativos de gestión que se encuentren dentro del área de regeneración y renovación urbana del Centro Histórico de Alcalá de Henares, en el término municipal de Alcalá de Henares, declarado por Orden de 2 de octubre de 2015, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, modificada por Orden de 4 de agosto de 2017, y conforme al Acuerdo de la Comisión Bilateral de 10 de octubre de 2017 y Adenda de 30 de mayo de 2018.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones:
08/11/2019 | Relación de los solicitantes excluidos Orden de 28 de octubre de 2019 (BOCM nº 266, de 8 de noviembre) |
Normativa
* Extracto de la Orden de 20 de diciembre de 2018, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se convocan subvenciones para el año 2018, a la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, correspondientes al Área del Centro Histórico de Alcalá de Henares (artículo 26.1) del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, prorrogado por el Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre (BOCM nº 308, de 27 de diciembre).
* Orden de 6 de julio de 2018, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se modifica la Orden de 23 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la ejecución de obras en edificios y viviendas previstas dentro del Programa de Fomento de la Regeneración y Renovación Urbana (artículo 26.1) del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016, prorrogado por Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre (BOCM nº 169, de 17 de julio)
* Orden de 23 de septiembre de 2016, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras por la que se modifica la Orden de 23 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la ejecución de obras en edificios y viviendas previstas dentro del Programa de Fomento de la Regeneración y Renovación Urbana (artículo 26.1) del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016 (BOCM nº 231, de 27 de septiembre)
* Orden de 23 de junio de 2016, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la ejecución de obras en edificios y viviendas previstas dentro del Programa de Fomento de la Regeneración y Renovación Urbana (artículo 26.1) del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de vivienda, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013 2016 (BOCM nº 149, de 24 de junio).
Órgano Responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).