Descripción
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Referencia90305
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Descripción
Ayudas para financiar la impartición de acciones formativas y la realización de prácticas profesionales no laborales asociadas, integradas en el itinerario específico de formación, dirigido a personas desempleadas, cofinanciadas por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunidad de Madrid para la mejora de la empleabilidad.
Calendario de actuaciones
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07/10/2022Relación provisional corregida de concesiones a empresas beneficiarias - 6. Se abre plazo de alegaciones del 7 al 21 de octubre de 2022
La presentación de alegaciones se realizará mediante el servicio de tramitación digital Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
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06/10/2022Relación provisional de concesiones a empresas beneficiarias - 6. Se abre plazo de alegaciones del 7 al 21 de octubre de 2022
La presentación de alegaciones se realizará mediante el servicio de tramitación digital Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
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11/08/2022Relación provisional de concesiones a empresas beneficiarias - 5. Se abre plazo de alegaciones del 12 al 26 de agosto de 2022
La presentación de alegaciones se realizará mediante el servicio de tramitación digital Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
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02/08/2022Relación provisional de concesiones a empresas beneficiarias - 4. Se abre plazo de alegaciones del 3 al 16 de agosto de 2022
La presentación de alegaciones se realizará mediante el servicio de tramitación digital Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
Destinatarios y/o requisitos
Puedes consultar los requisitos de los beneficiarios y los destinatarios en la sección Documentación de interés.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.
Información Complementaria
Cuantía: La financiación de las ayudas del itinerario específico, objeto de la presente convocatoria, se realizará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid de los años 2020 y 2021, por un importe de 5.900.400 euros, que se imputarán al Subconcepto 49103 “Formación de trabajadores desempleados” del programa 241A del Presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, o al que pudiere corresponder en su caso.
- El importe de la subvención para financiar la acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de formación programadas, 100 horas cada acción, por 15, que es el número máximo de participantes a subvencionar por cada edición o acción formativa del itinerario, y por 9 euros, que es el módulo económico asignado a la actividad formativa.
- La subvención para financiar los costes del tutor de prácticas profesionales a designar por la entidad formadora se concederá junto con la destinada a financiar la actividad formativa, en régimen de concurrencia competitiva, para el mismo grupo de alumnos. Su importe será el resultado de multiplicar el módulo económico de 2 euros hora y alumno en prácticas por el número de horas de prácticas por participante, hasta un máximo de 500 horas cada uno.
- La compensación a las empresas se calculará multiplicando el número de personas en prácticas en cada centro de trabajo por el módulo económico asignado de 6 euros y por el número de horas de prácticas realizadas por cada una de ellas, hasta un máximo de 500 horas de prácticas por participante.
- La beca o ayuda económica a conceder a los participantes por su asistencia efectiva a la formación y a las prácticas profesionales no laborales será de 18 euros diarios hasta un máximo de 92 jornadas.
Documentación de interés
Normativa
- Extracto de la Orden de 11 de junio de 2021, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se declara el importe de la ampliación en 324.000 euros del crédito presupuestario disponible para la concesión directa, durante el año 2021, de becas a los participantes en el itinerario específico de formación con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigido a personas desempleadas, cofinanciadas por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 162, de 9 de julio).
- Orden de 19 de noviembre de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por la convocatoria de subvenciones para financiar, en los años 2020 y 2021, las actuaciones del itinerario específico de formación con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigido a personas desempleadas, cofinanciadas por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 286, de 23 de noviembre).
- Extracto de la Orden de 26 de agosto de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa de becas, durante los años 2020 y 2021, a los participantes en el itinerario específico de formación con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigido a personas desempleadas, cofinanciadas por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 236, de 29 de septiembre).
- Extracto de la Orden de 31 de agosto de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se convocan subvenciones para financiar, en los años 2020 y 2021, las actuaciones del itinerario específico de formación con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigido a personas desempleadas, cofinanciadas por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 217, de 7 de septiembre).
- Orden de 3 de mayo de 2019, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las disposiciones generales reguladoras de la concesión de subvenciones para financiar las actuaciones del itinerario específico de formación con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigido a personas desempleadas, cofinanciadas por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunidad de Madrid, para la mejora de la empleabilidad (BOCM nº 122, de 24 de mayo).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).