Descripción

  • Referencia
    A200
  • Descripción

    Las ayudas se destinarán a las actividades creativas en el desarrollo del proyecto del videojuego (creación, diseño, programación), en su fase de prototipo en la convocatoria de 2022.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 06/07/2022 Fecha de fin: 27/07/2022

Destinatarios

Titulares de empresas del ámbito de la creación y desarrollo de videojuegos.

Requisitos

  1. Tener la condición de microempresa o de pequeña empresa.
  2. Ser empresa con capacidad de obrar en el ámbito de la creación y desarrollo de videojuegos (informática, programador, diseño de ordenador o similar).
  3. Tener el domicilio fiscal y los centros de trabajo del personal que impute gastos de personal ubicados en territorio español, y, al menos, una sede en la Comunidad de Madrid. En el caso de empresas extranjeras habrán de tener, al menos, una filial domiciliada en los mismos términos que el indicado en el párrafo anterior.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

Documentación administrativa

  1. Declaraciones de cumplimiento requisitos previstos para ser beneficiario de las ayudas.
  2. Declaraciones de ayudas recibidas/solicitadas para el proyecto del videojuego.
  3. Declaración de que la entidad tiene como objeto social la creación y el desarrollo de proyectos de videojuego.
  4. Declaración responsable de que la empresa tiene la condición de microempresa o pequeña empresa, según lo establecido en la recomendación 2003/361/ de la Comisión de 6 de mayo.
  5. Declaración de que su domicilio fiscal y los centros de trabajo del personal de la empresa están ubicados en territorio español y, al menos, una sede en la Comunidad de Madrid.
  6. Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que se contemplan en normativa de subvenciones.
  7. Declaración de no tener pendiente de justificar ninguna ayuda que se le haya concedido anteriormente en el desarrollo de videojuegos.
  8. Declaración de no ser deudor por procedimiento de reintegro en la Comunidad de Madrid.
  9. Declaración de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la seguridad social.
  10. Declaración de las ayudas de “minimis” recibidas por la empresa en los dos últimos años sometidas al Reglamento 1407/2013 de la Comisión Europea.
  11. -Declaración de cuantas subvenciones se hayan solicitado u obtenido de entidades públicas con el mismo fin.

Documentación del proyecto

  1. Desarrollo de diseño del videojuego.
  2. Estado de la propiedad intelectual del proyecto.
  3. Innovación artística y técnica.
  4. Cronograma.
  5. Equipo de trabajo.
  6. Presupuesto.
  7. Plan de financiación.
  8. Trayectoria profesional del solicitante.
  9. Datos bancarios.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. Certificado de Hacienda de la Comunidad de Madrid.
  2. DNI/NIE (del solicitante o representante).
  3. Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
  4. Número de Identificación Fiscal (del solicitante).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI/NIE (del solicitante o representante)
  2. Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
  3. Número de Identificación Fiscal (del solicitante)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
  2. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para dudas o consultas puedes contactar a través de: subvenciones_dgpc@madrid.org

Tramitación

  1. Si la documentación presentada está incompleta o falta alguno de los datos exigidos, se requerirá a los interesados para que subsanen los defectos en un plazo de diez días hábiles. La falta de respuesta a este requerimiento se entenderá como desistimiento, previa resolución expresa.
  2. Recibidas las solicitudes en tiempo y forma, se emitirá la respectiva propuesta de resolución provisional con la relación de los solicitantes valorados de mayor a menor, y el importe de la ayuda propuesta.
  3. La propuesta se publicará en el calendario de actuaciones de este trámite.
  4. Aquellos solicitantes propuestos para obtener la ayuda, deberán presentar la documentación legal de acreditación de la identidad y del cumplimiento de obligaciones tributarias y de seguridad social, en un plazo de diez días hábiles, en el caso de no haberlo realizado en la fase de solicitud.
  5. Posteriormente se emitirá la resolución definitiva de beneficiarios de las ayudas.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 892/2019, de 06 de junio , de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas y personas físicas para el desarrollo del sector del videojuego en la Comunidad de Madrid.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Promoción Cultural

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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