Descripción
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Referencia70071
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Descripción
Ayudas a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de centros, para la atención a personas con discapacidad, cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad de Madrid.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 07/04/2015 Fecha de fin: 23/04/2015
Destinatarios y/o requisitos
Se podrán consultar los requisitos en el apartado Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.
Documentación a presentar
1. Solicitud, (se presentará una única solicitud por entidad, aun cuando sean varios los centros para los que se solicita subvención), (Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud).
2. Se podrá consultar la documentación a presentar en el apartado Información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Presentación de solicitudes
* Obtención de solicitudes:
- En el apartado “Gestión” de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y descargar.
- En los Puntos de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid
- En las Oficinas de Atención al Ciudadano
* Presentación de solicitudes y documentación:
a) Presencial:
En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
b) Por Internet:
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
En el apartado “Gestión” de esta página, se encuentra la opción “Internet” que le permite incorporar la solicitud y documentos necesarios, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa competente para su tramitación. En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de “consulta de expedientes, desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a expedientes en estado de tramitación.
Información Complementaria
Se podrán consultar los criterios de valoración y la determinación de las cuantías a conceder, en el apartado de Información relacionadaen el apartado de documentación.
Documentación de interés
Normativa
* Orden 430/2015, de 26 de marzo, por la que se modifican las bases reguladoras aprobadas por Orden 540/2013, de 23 de mayo, de la Consejería de Asuntos Sociales, y se aprueba la convocatoria para el año 2015 de subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de centros de atención a personas con discapacidad. (BOCM nº 80, de 6 de abril)
* Orden 540/2013, de 23 de mayo, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de centros de atención a personas con discapacidad (BOCM nº 125, de 28 de mayo)
Órgano Responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).