Descripción
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BOCM de la convocatoriaBOCM nº 112, de 12 de mayo de 2016
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Referencia563666
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Plazas convocadas
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Objetivo
Selección de candidatos a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad, composición y ordenación de las listas de funcionarios interinos docentes en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
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TasaRequiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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29/06/2016Relación de funcionarios de carrera, en prácticas y aspirantes a interinidad que han presentado instancia para la asignación de puestos docentes en centros públicos (29/06/2016)
Requisitos
Los aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad deberán poseer los requisitos generales y específicos establecidos en los artículos 12 y 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, y además, los siguientes:
1. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo al que se opte.
2. No ser funcionario de carrera en activo, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento en alguno de los Cuerpos Docentes.
3. Poseer la titulación que acredite la cualificación para impartir la especialidad (ver Anexo I, en el apartado Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha).
Quedan exentos de la exigencia de este requisito de titulación los aspirantes que hayan superado la fase de oposición de la misma especialidad del Cuerpo de Maestros en alguno de los procedimientos selectivos convocados en los últimos diez años o cinco últimas convocatorias en la Comunidad de Madrid.
Asimismo, quedan exentos de la exigencia del requisito de titulación los aspirantes que acrediten una experiencia docente de al menos cinco meses y medio en dos cursos académicos o, en su defecto, doce meses en períodos continuos o discontinuos, como funcionario interino en el mismo cuerpo y especialidad a la que se opte.
4. No haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Este requisito deberá mantenerse durante la prestación de los servicios, quedando obligado el funcionario a comunicar aquellas Sentencias firmes en las que fuera condenado por los delitos a los que hace referencia el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
El requisito se acreditará mediante certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Para la acreditación deberá tenerse en cuenta lo provisto en la base octava de la presente Resolución.
Estos requisitos deberán acreditarse con ocasión de la formalización del primer nombramiento, ante las Direcciones de Área Territorial, mediante copia compulsada de la documentos justificativos de los mismos.
Tramitación
Se prorrogan para el curso escolar 2016-2017 en el mismo orden de prelación, excluyendo a todos aquellos aspirantes que hayan decaído de las mismas durante el curso escolar 2015-2016.
Documentación a presentar
1. Solicitud ((Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud))
2. Hoja de servicios acreditativa de la experiencia Docente
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
a) Por Internet (Ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial
Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Documentación de interés
Normativa
* Acuerdo de 4 de julio de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 21 de junio de 2017 de la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario de la Comunidad de Madrid relativo al abono a los funcionarios interinos docentes de las retribuciones correspondientes a los meses de verano del curso 2016-2017 (BOCM nº 163, de 11 de julio)
* Resolución de 12 de mayo de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad del Cuerpo de Maestros para el curso escolar 2016-2017. (BOCM nº 112, de 12 de mayo)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).