Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas a las que les caduca el carné de controlador de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.
Requisitos
- Ser mayor de edad.
- Tener la nacionalidad española o de alguno de los países que integran la Unión Europea, o estar en posesión del permiso de residencia y trabajo correspondientes.
- Carecer de antecedentes penales.
- Presentar la solicitud al menos 2 meses antes de la fecha de caducidad del carné.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Fotografía a color tamaño carnet de la persona interesada. En caso de no poder aportarla telemáticamente, deberá de presentarse personalmente en la calle Princesa Nº 5, 1º planta de lunes a viernes de 9 a 14 horas o bien por correo postal.
- Pasaporte o tarjeta de identidad nacional, en caso de que la persona interesada sea ciudadana de países pertenecientes a la Unión Europea (UE) o al Espacio Económico Europeo (EEE).
- En caso de presentación de la solicitud por representante: autorización firmada por el interesado para realizar el trámite.
- En caso de ser ciudadano de terceros países, de la tarjeta de residencia y permiso de trabajo en vigor.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE.
- Certificado de inexistencia de antecedentes penales del Ministerio de Justicia.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Orden 4747/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se regula el procedimiento para la obtención y renovación del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, se establecen las normas de gestión, liquidación y recaudación de la tasa por derechos de examen y se determinan las características y expedición del distintivo identificativo (BOCM nº 294, de 10 de diciembre).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Dirección General de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Una vez completada, emitiremos el carné y avisaremos a la persona interesada para que lo recoja presencialmente en calle Princesa, 5, primera planta.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al de su publicación.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no se ha publicado.
Contacto y ayuda
Contacto
Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
Horario: de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud