Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 10000 habitantes.
El número de habitantes se calcula según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) de la última revisión del padrón municipal a fecha de publicación de la convocatoria.
Requisitos
- No ser destinatarios de una subvención nominativa en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigente en el año de concesión de estas ayudas, con cargo al mismo programa presupuestario que financie la convocatoria anual. Esta incompatibilidad afecta igualmente a los organismos dependientes de los municipios.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Proyecto y Presupuesto.
- Memoria de actividades culturales del año anterior.
- Certificado del secretario o Interventor.
- Composición órgano gobierno entidad según estatutos.
- Declaración responsable de los solicitantes respecto de la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE del representante de la entidad.
- Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
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Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
La presente convocatoria asciende a un importe máximo de 400000 euros.
Normativa
- Extracto de la Orden 363/2026, de 27 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2026 (BOCM nº 60, de 12 de marzo).
- Orden 363/2026 de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2026.
- Orden 1048/2016, de 22 de marzo, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música, la cinematografía y la moda como disciplina creativa (BOCM nº 86, de 12 de abril).
Órgano responsable
- Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Dirección General de Cultura e Industrias Creativas
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición y emitiremos una resolución que así lo indique.
Una vez evaluada cada solicitud conforme a los criterios de valoración, la Comisión de Entidades Locales y Entidades sin Ánimo de Lucro del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid elaborará la propuesta de resolución provisional, abriéndose un plazo de alegaciones.
La dirección general competente dictará la propuesta de resolución definitiva, a partir de la que la persona titular de la consejería responsable dictará la orden de concesión o denegación de la subvención. La orden de concesión o denegación de la ayuda será única y se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Las entidades beneficiarias deberán acreditar la realización de los proyectos subvencionados y justificar el importe de la ayuda concedida antes del 31 de octubre de 2026.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 13/03/2026 Fecha de fin: 13/04/2026
Contacto y ayuda
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Área de Subvenciones
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud