Descripción
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ReferenciaD111
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Descripción
Las empresas responsables del mantenimiento de ascensores deben comunicar su alta o baja como empresa conservadora, cuando las personas titulares de las instalaciones los contratan o rescinden el contrato de mantenimiento.
El plazo máximo para comunicar el alta o baja es de 30 días.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Empresas conservadoras de ascensores.
Requisitos
- Estar inscrita en el Registro Integrado Industrial como empresa conservadora habilitada de ascensores.
- Tener o haber tenido suscrito un contrato de mantenimiento en vigor con el titular de un ascensor, que debe:
- Encontrarse en la Comunidad de Madrid.
- Estar inscrito en el Registro de Aparatos Elevadores.
- Disponer de una inspección periódica realizada por un organismo de control con una antelación máxima de 30 días respecto a la fecha de la firma del contrato con el nuevo conservador, en caso de comunicación de alta.
- Comunicar el alta o baja de empresa conservadora por cada ascensor en el plazo máximo de 30 días.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Alta de empresa conservadora
- Copia del contrato de mantenimiento.
- Certificado de inspección periódica en vigor realizada por organismo de control con una antelación máxima de 30 días respecto a la fecha del contrato de mantenimiento, en su caso. No será precisa la citada inspección cuando el cambio de empresa conservadora se deba a la transformación, fusión, absorción o escisión de la sociedad mercantil titular de la misma.
- Baja de empresa conservadora
- Documento acreditativo de la comunicación de cese del contrato al o la titular.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Subdirección General de Minas y Seguridad Industrial
- Dirección: Calle Ramírez de Prado 5 bis. 28045 Madrid
- Correo electrónico: inst_seguridad@madrid.org
- Teléfono: 91 580 21 00
- Horario de atención al público: lunes a viernes de 09:00 a 14:00, con cita previa
Documentación de interés
Tramitación
Una vez presentada la comunicación, revisaremos la comunicación y la documentación aportada.
Si es correcta, actualizaremos el dato en el Registro de aparatos elevadores de la Comunidad de Madrid, pero no enviaremos respuesta.
Sólo si detectamos que la comunicación no reúne los datos y requisitos exigidos, enviaremos un escrito a la persona interesada para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos).
Es importante conocer que no realizar el trámite de comunicación, puede tener como consecuencia responsabilidades administrativas, penales o civiles.
Normativa
- Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por la que se establecen los criterios para la realización de inspecciones por organismos de control por cambio de empresa conservadora en ascensores (BOCM nº 100, de 28 de abril).
- Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente (BOE nº 91, de 13 de abril).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).