Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Cualquier persona física o jurídica, asociaciones, organizaciones, empresas, administraciones públicas, otras instituciones, etc.
Requisitos
- Ser titular de derechos sobre la instalación.
- Indicar en la solicitud:
- El tipo de información solicitada:
- Antecedentes de una instalación eléctrica de alta tensión (superior a 1.000 voltios en corriente alterna).
- Antecedentes de una instalación eléctrica de baja tensión no industrial (no superior a 1.000 voltios en corriente alterna).
- Antecedentes de una instalación eléctrica de baja tensión industrial (no superior a 1.000 voltios en corriente alterna).
- Estado de última inspección periódica de una instalación eléctrica.
- El objeto de la solicitud:
- Antecedentes para realizar inspección periódica reglamentaria.
- Documentación necesaria para ampliación o modificación de instalación.
- Documentos necesarios para contratación o modificación de suministros.
- Otros.
- Los datos generales de la instalación eléctrica sobre la que se realiza la consulta.
- El tipo de información solicitada:
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- En su caso, documento que acredite la representación.
- Documento que acredite que es titular de derechos sobre la instalación (contrato, escritura, etc.).
- Certificado de inspección periódica vigente.
- Factura electricidad.
- Otros.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE nº 310, de 27 de diciembre).
- Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE nº 68, de 19 de marzo).
- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE nº 224, de 18 de septiembre).
- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE nº310, de 27 de diciembre).
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE nº 176, de 23 de julio).
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Si la solicitud está correctamente cumplimentada y se dispone de la documentación necesaria, procederemos a su tramitación. Las solicitudes se resolverán tras la instrucción del procedimiento, en la que recabaremos los informes o alegaciones necesarios de las diferentes partes que pudieran estar afectadas.
En aquellos casos en que se determine que la solicitud no es de la competencia del órgano responsable de este trámite, la remitiremos al órgano competente o, en su defecto, la inadmitiremos. En cualquiera de los casos, informaremos de estas circunstancias a la persona solicitante.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Contacto y ayuda
Contacto
Área de Inspección y Control
Horario de atención al público: miércoles de 10:00 a 11:30
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Transición Energética y Economía Circular
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud