Descripción
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ReferenciaA785
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Descripción
Ayudas de hasta 60.000 euros para financiar itinerarios integrados de inserción y proyectos de acompañamiento y apoyo para personas con discapacidad, desarrollados por entidades sin ánimo de lucro en la Comunidad de Madrid.
Su objetivo es favorecer el desarrollo de proyectos de inserción socio laboral de personas con discapacidad y están cofinanciadas al 40 por ciento por el Fondo Social Europeo.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 10/06/2025 Fecha de fin: 30/06/2025
Personas destinatarias
Entidades de iniciativa social sin fin de lucro.
Requisitos
Requisitos de las entidades solicitantes:
- Carecer de fin de lucro.
- Contemplar en sus fines institucionales de forma específica, la atención a personas con discapacidad.
- Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid, en el sector de atención a personas con discapacidad y tipología para el que solicita la presente subvención a 31 de diciembre de 2024.
- No tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable.
- No encontrarse incursas en las causas de prohibición en la normativa de subvenciones.
- Cumplir con las obligaciones que en materia de protección de datos personales impone al responsable y encargado de tratamiento de datos personales según la normativa vigente.
- Las entidades subvencionadas en la convocatoria anterior deben haber justificado en tiempo y forma la subvención concedida.
- No incurrir en conflicto de intereses con el personal de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad.
- Disponer de Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
Requisitos de los proyectos:
- Ser promovidos por entidades de iniciativa social sin fin de lucro.
- Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- Estar dirigidos a personas con discapacidad entre 18 y 65 años. Excepcionalmente podrán incluirse menores a partir de 16 años.
- Incluir medidas que garanticen la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todas las acciones.
- Incluir actividades, módulos o tareas dirigidas a potenciar el respeto al medio ambiente.
- Incluir actividades, módulos o tareas dirigidas a potenciar el uso de nuevas tecnologías de información y comunicación.
- Los servicios de acompañamiento y apoyo deberán contar, al menos con un profesional por cada treinta personas atendidas.
- Los itinerarios integrados de inserción deberán contar con al menos 15 participantes.
- Los servicios de acompañamiento deberán contar con al menos 8 participantes.
- Disponer de registros contables independientes para el proyecto o bien utilizar un código de contabilidad apropiado para todas las transacciones relacionadas con la operación.
- No incurrir en ningún tipo de sobrefinanciación por acumulación de ayudas o subvenciones de carácter público o privado para ninguno de los costes subvencionados.
La duración máxima de los proyectos será de 12 meses y la ejecución de las actividades deberá ser realizada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Memoria General de la entidad (Anexo I).
- Acreditación del Representante Legal de la entidad (Anexo II).
- Documentos acreditativos del certificado del Anexo II.
- Memoria del Proyecto (Anexos III o IV).
- Declaración responsable del representante de la Entidad en su condición de responsable del tratamiento de datos personales relativa a la protección de datos personales (Anexo V).
- Declaración responsable del representante de la Entidad en que se especifique el sistema de contabilidad independiente o código de contabilidad utilizado en las transacciones relacionadas con la operación (Anexo VI).
- Declaración responsable de ausencia de conflicto de intereses (Anexo VII).
- Declaración responsable del representante de la Entidad de haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales (Anexo VIII).
- Último recibo abonado del IAE o documentación acreditativa de hallarse exento del pago del mismo. En este último caso, acreditación de no haberse dado de baja en la matrícula del impuesto.
- Estatutos vigentes de la Entidad.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.
- DNI o NIE de la persona que ostente la representación legal de la entidad.
- Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Atención Temprana y Subvenciones
- Calle O´Donnell, número 50, primera planta, Madrid
- Correo electrónico: atsubvenciones@madrid.org
Tramitación
Si tras el examen de la solicitud y documentación presentadas estas resultasen estar incompletas o defectuosas, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos), subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
Para el estudio y la valoración del expediente se podrán realizar visitas a las entidades solicitantes y entrevistas a sus responsables, así como solicitar la información complementaria que se considere necesaria.
Los proyectos se valorarán sobre un máximo de 20 puntos distribuidos en dos apartados:
- Valoración técnica de la Dirección General competente.
- Valoración cuantitativa según los criterios establecidos en la Orden de convocatoria, a partir de los datos de la solicitud, anexos y documentación complementaria.
Podrán subvencionarse los proyectos que alcancen, al menos, 10 puntos, si en cada valoración obtiene un mínimo de 4,5 puntos.
El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva. Se seleccionarán los proyectos por orden de puntuación hasta que la suma de las cuantías subvencionables iguale o supere el crédito disponible.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Normativa
- Extracto de la Orden 1300/2025, de 19 de mayo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan, para el año 2025, subvenciones a entidades sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad, línea cofinanciable en un 40 % por el Fondo Social Europeo Plus (2021-2027), Objetivo Político 4, Prioridad 2, Objetivo Específico H (BOCM nº 136, de 9 de junio).
- Orden 1300/2025, de 19 de mayo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para el año 2025, subvenciones a entidades sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad, línea cofinanciable en un 40% por el Fondo Social Europeo Plus (2021-2027), Objetivo Político 4, Prioridad 2, Objetivo Específico H (BOCM nº 136, de 9 de junio).
- Orden 646/2023, de 3 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad, línea cofinanciable en un 40 por ciento por el Fondo Social Europeo Plus (2021-2027), Objetivo Político 4, Prioridad 2, Objetivo Específico H (BOCM nº 61, de 13 de marzo).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).