Tramitación

Pago de tasas

Métodos de pago

La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial. 

Tasa

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

Presentación digital

Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Paga la tasa y guarda el justificante.
  3. Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
  4. Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
  5. Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.

Si todo es correcto, te enviaremos el permiso digital. Si falta algún documento o requisito, te enviaremos un escrito para que corrijas lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo haces, entenderemos que renuncias a tu petición.

Si no cumples los requisitos te enviaremos una resolución desfavorable con el motivo de la denegación. En cualquier caso, puedes volver a solicitar el permiso más adelante si cumples todos los requisitos.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 18/12/2025
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