Última actualización: 14/03/2025
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 17/03/2025 Fecha de fin: 04/04/2025
  • En plazo

    • Fecha de inicio: 17/03/2025 Fecha de fin: 04/04/2025
  • En tramitación

    Fecha de inicio: 17/03/2025 Fecha de fin: 04/04/2025

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    A718
  • Descripción

    Subvenciones para la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios personalizados de inserción, en colaboración con entidades sin ánimo de lucro.

    Se pretende apoyar la realización de acciones de diferente naturaleza que tiene por objeto la adquisición de competencias sociolaborales básicas para alcanzar la inserción laboral de las personas en situación o riesgo de exclusión social.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 17/03/2025 Fecha de fin: 04/04/2025

Personas destinatarias

Entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de integración laboral de colectivos en situación o riesgo de exclusión social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Requisitos

  1. No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en la normativa de subvenciones.
  2. Cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa de subvenciones.
  3. Acreditar una experiencia de al menos 2 años, dentro de los 5 últimos años anteriores a la publicación de la convocatoria, en la realización de programas de integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Quedan exentas de esta obligación las entidades que hayan participado en al menos una convocatoria de este programa de subvenciones.
  4. Contar con los medios humanos y materiales mínimos necesarios: 
    1. Medios humanos: 
      1. Una persona de coordinación, con funciones de planificación y coordinación del proyecto, que asegure la continuidad del itinerario, mediante la programación y organización de las actuaciones en que se articula su desarrollo, con especial dedicación a la programación y organización de las acciones de prospección e identificación de necesidades de los empleadores y captación de ofertas de empleo.
      2. El personal técnico de orientación laboral y promoción de empleo necesario, con una dedicación mínima de 1 técnico a jornada completa por cada 15 participantes en itinerarios o la parte proporcional de dedicación que corresponda en función del número de participantes. Este personal deberá contar con experiencia acreditable de al menos 1 año o formación en orientación sociolaboral, preferiblemente con colectivos en situación o riesgo de exclusión. A efectos del cómputo de la jornada mínima exigible, el puesto de trabajo del personal técnico no podrá ser desempeñado por más de dos personas, salvo en el supuesto de tratarse de una sustitución.
      3. Personal de apoyo administrativo.
    2. Medios materiales:
      1. Instalaciones y espacios que reúnan condiciones de idoneidad para el trato individualizado con las personas participantes y que faciliten asimismo la actividad grupal cuando sea preciso. Las aulas polivalentes para las actividades grupales deberán tener unas dimensiones mínimas de 2 metros cuadrados por persona participante incluyendo al técnico, formador o profesional al cargo de la actividad.
      2. Las aulas grupales deberán contar con la siguiente dotación mínima:
        • Equipamiento mobiliario y material: mesa y silla para cada uno de los participantes en la actividad, así como para el técnico o técnica, orientador u orientadora o profesional encargado de su impartición, material didáctico y de papelería necesario para la realización de la actividad.
        • Equipamiento informático: deberá contar con ordenadores o tabletas digitales con conexión a internet, impresoras y escáneres, así como software para la edición de textos y currículos, que garanticen una completa atención e intervención adecuada con los participantes.
  5. Suscribir un seguro de accidentes y responsabilidad civil al que estarán acogidos todas las personas participantes en los itinerarios.
    1. La póliza debe cubrir:
      1. Cualquier posible siniestro en la realización de las actividades previstas en el itinerario personalizado y en el proceso de búsqueda de empleo.
      2. El riesgo in itinere.
      3. Cualquier posible daño o siniestro que los participantes en el itinerario pudieran sufrir quedando, a estos efectos, la Consejería de la Comunidad de Madrid competente en materia de empleo exonerada de cualquier responsabilidad al respecto.
    2. Las entidades beneficiarias de la subvención podrán optar por suscribir una póliza de seguros individual o colectiva.
    3. La póliza de seguro de accidentes y responsabilidad civil deberá encontrarse vigente durante todo el periodo subvencionable.
  6. Presentar un mínimo de 15 itinerarios por proyecto y un máximo de 150.
    1. Los itinerarios deberán tener una duración mínima de 3 meses y máxima de 9 meses, salvo que, antes de alcanzarse la duración mínima, se presenten oportunidades de empleo que den lugar a la inserción laboral de la persona participante, sin que en ningún caso puedan ser subvencionados itinerarios de duración inferior a un mes.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Escritura pública de constitución o acta fundacional del solicitante, en su caso, con sus posibles modificaciones posteriores, que incluya la inscripción en el Registro administrativo que corresponda.
  2. Documentación acreditativa de la capacidad del representante legal del solicitante, para actuar en nombre y representación del mismo.
  3. Documentación acreditativa de los datos de domiciliación bancaria que figuran en la solicitud.
  4. En caso de no existir modificaciones en la documentación que obra en poder de la administración, las entidades que hayan participado con anterioridad a esta convocatoria, deberán marcar únicamente el apartado correspondiente de Declaraciones Responsable.
  5. Formulario II. Memoria de la entidad solicitante.
  6. Formulario III. Memoria del proyecto.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Documento de identificación fiscal del solicitante.
  2. Documento Nacional de Identidad del representante de la entidad, a los solos efectos de verificar sus datos de identificación.
  3. Certificado de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones con la Seguridad Social, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  • Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

  • Servicio de Programas de Empleo para personas en situación o riesgo de exclusión.
  • Vía Lusitana 21, 5ª planta, Madrid.
  • Correo electrónico: empresasdeinsercion@madrid.org
  • Horario de atención: De lunes a viernes de 9.00 a 14.00 h.

Tramitación

Una vez recibida la solicitud en la unidad de tramitación se comprobará si está completa con toda su documentación. En caso contrario te requeriremos para que la subsanes (corrijas) en un plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos).

Transcurrido dicho plazo, en caso de no haber sido atendido el requerimiento, se declarará el desistimiento de la solicitud.

El órgano responsable puede solicitar informe:

  • A la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) sobre concesiones de otras ayudas para comprobar su compatibilidad.
  • De acumulación de ayudas de minimis, si las ayudas estuvieran acogidas a un régimen de minimis.
  • De inexistencia de sanciones e inhabilitaciones que impidan adquirir la condición de beneficiario.

Además, solicitará de oficio el certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid. Todo ello sin perjuicio de las declaraciones que debes presentar al solicitar la ayuda.

Posteriormente se procederá a la valoración de los proyectos y a la publicación y notificación de la orden de resolución conjunta de la subvención a través de la página WEB de la Comunidad de Madrid.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

4 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar desde el día siguiente al que la recibas:

  • un recurso de reposición en el plazo de 1 mes, o bien,
  • un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.

Si no has recibido la orden, a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución puedes presentar:

  • un recurso de reposición en cualquier momento, o bien,
  • un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.

 Acceso al trámite de recurso de reposición

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General del Servicio Público de Empleo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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