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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Documentos anexos a la solicitud

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.

Recibe notificaciones

Recibirás un aviso por correo electrónico de las notificaciones que te enviará la Unidad de tramitación. Para consultarlas deberás acceder a en Cuenta Digital.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

En caso de que en la solicitud presentada falten datos o no se haya aportado la totalidad de la documentación exigida o la misma presente alguna deficiencia, te pediremos que la subsanes (corrijas) en el plazo de 5 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo haces entenderemos que desistes de tu solicitud, previa resolución del órgano competente.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la comisión de valoración, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada. Esta propuesta se notificará a las personas solicitantes, concediéndoles un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones.

Examinadas las alegaciones y la documentación señalada en los párrafos anteriores, se formulará propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar la relación de solicitudes beneficiarias y la cuantía de la subvención propuesta. Además, la propuesta, hará constar, de manera expresa, la inadmisión, desestimación o la no concesión por desistimiento o renuncia del resto de las solicitudes presentadas hasta ese momento.

La persona titular de la consejería con competencias en materia de autónomos y empleo resolverá de forma motivada la concesión, denegación o desistimiento de las subvenciones solicitadas en función de la concurrencia o no de los requisitos establecidos.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Bases Reguladoras subvención

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 18/03/2026
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