Última actualización: 14/10/2024

Descripción

  • Referencia
    A530
  • Descripción

    Ayudas a empresas o personas físicas para la creación y desarrollo de un proyecto de videojuego en la Comunidad de Madrid, en régimen de concurrencia competitiva, 

    1. Las ayudas se destinarán a las actividades creativas en el desarrollo del proyecto del videojuego (creación, diseño, programación), en su fase de prototipo.
      Entendiendo en este caso por:
      1. Prototipo: una primera versión funcional jugable de un videojuego, de contenido limitado con respecto al videojuego final, pero que permite evaluar las dinámicas del mismo y calidad representativa para mostrar el producto final (demo vs vertical slice)
      2. Videojuego narrativo: cualquier juego para ordenador, consola o dispositivo móvil, para uno o varios jugadores, que desarrolle el relato de una historia.
      3. Videojuego publicado: aquel que esté disponible al público (bajo pago o de forma gratuita) en cualquier formato, tanto físico como digital.

    Se considerará periodo subvencionable desde el 21 de noviembre de 2023 hasta el 14 noviembre de 2024.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Titulares de empresas del ámbito de la creación y desarrollo de videojuegos.

Requisitos

Requisitos de los solicitantes

  1. Tener la condición de microempresa o de pequeña empresa.
  2. Ser empresa con capacidad de obrar en el ámbito de la creación y desarrollo de videojuegos (informática, programador, diseño de ordenador o similar).
  3. Tener el domicilio fiscal y los centros de trabajo del personal que impute gastos de personal ubicados en territorio español, y, al menos, una sede en la Comunidad de Madrid. En el caso de empresas extranjeras habrán de tener, al menos, una filial domiciliada en los mismos términos que el indicado en el párrafo anterior. 
  4. No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en la normativa de subvenciones
  5. No podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado
  6. No podrán ser beneficiarios de esta ayuda aquellos solicitantes que fueran deudores en un procedimiento de reintegro en la Comunidad de Madrid.

Requisitos del proyecto

  1. No puede estar vinculado a la promoción o publicidad de cualquier marca empresarial.
  2. Consistirá en único videojuego de carácter narrativo, original y no publicado.
  3. Deberá poseer los derechos de propiedad intelectual que correspondan y, las autorizaciones o permisos para poder crearlo y desarrollarlo, en el caso de que el proyecto se sustentase sobre algún tipo de derecho intelectual preexistente o ajeno al solicitante.
  4. En ningún caso serán objeto de subvención, los videojuegos sujetos a la normativa reguladora del juego, ni aquellos con contenido pornográfico o de apología de la violencia, la discriminación o el odio en cualquiera de sus manifestaciones.

Los requisitos exigidos para la obtención de la subvención deberán mantenerse desde la solicitud hasta la justificación de la ayuda concedida.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Declaraciones de ayudas recibidas/solicitadas para el mismo proyecto. Declaración de ayudas de “minimis” recibidas por la empresa (Anexo I)
  2. Información del proyecto conforme al modelo Excel disponible en la sede electrónica, que deberá contener eta información: Desarrollo de diseño del videojuego, Estado de la propiedad intelectual del proyecto; innovación artística y técnica; cronograma, equipo de trabajo; presupuesto; plan de financiación y trayectoria profesional del solicitante. 

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI/NIE (del solicitante o representante) .
  2. Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
  3. Número de Identificación Fiscal (del solicitante). 

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
  2. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

La presente convocatoria asciende a un importe máximo de 500.000 euros. 

Se adjudicarán, un máximo de 20 ayudas de 25.000 euros cada una de ellas a aquellos solicitantes cuyos proyectos hayan obtenido mayor valoración y, al menos, 60 puntos en aplicación de los criterios citados.

En el caso de que algún proyecto seleccionado solicitase menos cantidad o tuviese un presupuesto inferior en el periodo subvencionable se adjudicará el importe solicitado o el que se ajuste a su presupuesto.

Los proyectos presentados se valorarán de conformidad con los siguientes criterios:

  1. Interés cultural y calidad artística del proyecto, hasta 30 puntos.
  2. Se valorará la originalidad del relato que desarrolla el videojuego, su relación con el ámbito cultural en cualquiera de sus facetas (artes plásticas, literatura, artes escénicas, patrimonio cultural, música, cine y audiovisual, etc.), la calidad artística, el estilo visual y el diseño de la producción.
  3. Innovación, hasta 30 puntos.
    En este criterio se valorará la innovación de la propuesta del videojuego desde dos ángulos:
    1. Innovación artística
    2. Innovación técnica
  4. Trayectoria profesional previa en el desarrollo y en el lanzamiento de videojuegos de la empresa y del equipo de trabajo. Se valorará especialmente el número de miembros del equipo asignados al desarrollo del proyecto presentado, su capacidad técnica y su experiencia profesional en el desarrollo de videojuegos ya publicados, hasta 20 puntos.
  5. Presupuesto, plan de producción y estrategia de financiación. Se valorará la viabilidad del presupuesto presentado, su plan de desarrollo y la obtención de fuentes de financiación para el videojuego, hasta 20 puntos.

Para consultas relacionadas con este trámite, podéis dirigiros al correo electrónico:  subvenciones_dgpc@madrid.org

Tramitación

  1. Si las solicitudes o la documentación presentada estuvieran incompletas o no reunieran los requisitos exigidos, se requerirá a los interesados para que en diez días subsanen los defectos o completen la documentación. La falta de respuesta a este requerimiento se entenderá como desistimiento.
  2. Las subvenciones se concederán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
  3. Recibidas las solicitudes en tiempo y forma, se emitirá la respectiva propuesta de resolución provisional con la relación de los solicitantes valorados de mayor a menor, y el importe de la ayuda propuesta. 
  4. La propuesta se publicará en el calendario de actuaciones de este trámite.
  5. Aquellos solicitantes propuestos para obtener la ayuda, deberán presentar la documentación legal de acreditación de la identidad y del cumplimiento de obligaciones tributarias y de seguridad social, en un plazo de diez días hábiles, en el caso de no haberlo realizado en la fase de solicitud.
  6. Posteriormente se emitirá la resolución definitiva de beneficiarios de las ayudas.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 376/2024, de 20 de marzo , de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte por la que se establece la convocatoria de ayudas a empresas y personas físicas para la creación y desarrollo de proyectos de videojuego en la Comunidad de Madrid en 2024.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Cultura e Industrias Creativas

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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