Descripción
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ReferenciaA477
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Descripción
Becas para alumnos que ya están cursando estudios universitarios o enseñanzas artísticas superiores en centros de la Comunidad de Madrid, dirigidas a facilitar el desarrollo de sus estudios a los alumnos con aprovechamiento académico excelente.
Se convocan un total de 3.215 becas, de las cuales 2.085 son para alumnos ya matriculados en enseñanzas universitarias y 5 para alumnos ya matriculados en estudios de enseñanzas artísticas superiores.
La cuantía de las becas será de 2.100 euros, que los beneficiarios podrán destinar libremente para costear su propio mantenimiento.
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TasaNo requiere el pago de tasas
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Más información
Calendario de actuaciones
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12/07/2024Resolución de la convocatoria
Contra el siguiente acto puedes presentar recurso potestativo de reposición del 13 de julio al 12 de agosto de 2024
Orden 2881/2024, de 28 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades
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11/04/2024Lista provisional de admitidos y excluidos. Se abre plazo de subsanación del 12 al 25 de abril de 2024
La presentación de subsanaciones se realizará de forma presencial en los lugares habilitados para ello, o bien, mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 10/01/2024 Fecha de fin: 30/01/2024
Destinatarios
Estudiantes matriculados en:
- Una universidad de la Comunidad de Madrid o centro adscrito a la misma cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid.
- Un centro superior de enseñanzas artísticas superiores.
Requisitos
- La nota media mínima necesaria para solicitar las becas se calculará de acuerdo a los criterios establecidos en las bases reguladoras y será la siguiente:
- En estudios universitarios:
- Enseñanzas técnicas de ciclo corto y de ciclo largo, y estudios de Grado adscritos a la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura: 8,15 puntos.
- Estudios de Medicina, dobles titulaciones y simultaneidad de estudios: 8,65 puntos.
- Resto de estudios: 9,15 puntos.
- En enseñanzas artísticas superiores: 8,50 puntos.
- En estudios universitarios:
- Estar matriculado en alguna de las siguientes enseñanzas:
- Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de grado.
- Enseñanzas artísticas superiores adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior, conducentes al título superior de enseñanzas artísticas.
- Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
- Están expresamente excluidas las ayudas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo, postgrado o doctorado, estudios de máster, especialización o títulos propios de las universidades o de centros superiores de enseñanzas artísticas.
- Quedan excluidos los alumnos titulados, o que estén en disposición de obtener el título, en enseñanzas universitarias oficiales o enseñanzas artísticas superiores.
- Solo se podrá ser beneficiario de la beca por un único turno y grupo.
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias señaladas en la normativa de subvenciones, que le impidan obtener la condición de beneficiario.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Pasaporte (únicamente se podrá aportar copia del pasaporte en el supuesto de que el interesado no tenga expedido número de DNI o NIE).
- Documento de la entidad bancaria donde consten los datos bancarios (código IBAN, entidad, sucursal, dígito de control y número de cuenta) completos del beneficiario como titular o cotitular de la cuenta.
- Anexo II: Certificación académica oficial de la Universidad o del Centro Superior de Enseñanzas Artísticas correspondiente referida al curso 2022/2023.
- Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de presentación electrónica o presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
No se publican ni se hacen públicos los formularios de solicitud. Es obligatorio cumplimentarlos a través de los enlaces habilitados al efecto en la web.
Documentación de interés
Normativa
- Extracto de la Orden 4122/2023, de 30 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de excelencia para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid y se convocan las correspondientes al curso 2023-2024 (BOCM nº 7, de 9 de enero de 2024).
- Orden 4122/2023, de 30 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de excelencia, correspondiente al curso 2023-2024, para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid.
- Orden nº 2069/2016, de 23 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de Becas de Excelencia para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid.
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).