Descripción
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ReferenciaA395
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a favor de entidades sin ánimo de lucro cuyo fin sea la atención a las víctimas del terrorismo que tengan su sede en la Comunidad de Madrid. Las ayudas habrán de dirigirse a actividades de asistencia directa a las víctimas del terrorismo o a actividades de difusión y sensibilización social.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 12/06/2023 Fecha de fin: 30/06/2023
Destinatarios
Asociaciones y Fundaciones sin ánimo de lucro cuyo fin sea el apoyo a víctimas del Terrorismo con sede en la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones o en el de Fundaciones o cualesquiera otros registros públicos competentes de la Comunidad de Madrid o de la Administración del Estado.
- Que la sede, de acuerdo con sus estatutos, tenga su domicilio en la Comunidad de Madrid.
- Tener entre sus fines, según sus estatutos, la ayuda a las víctimas del terrorismo, la defensa de sus intereses o las actuaciones tendentes a la sensibilización social ante el terrorismo.
- Acreditar hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y sociales, en los términos del artículo 8.e) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid y del 14.1e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Haber justificado suficientemente las ayudas recibidas con anterioridad de la Comunidad de Madrid por este concepto, y no tener pendientes obligaciones de reintegro, salvo que estuvieran debidamente garantizadas.
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Poder de representación, debidamente registrado, para actuar en nombre de la entidad.
- Estatutos de la entidad solicitante, debidamente registrados.
- Inscripción en registro (de Asociaciones, Fundaciones o cualesquiera otros registros públicos competentes de la Comunidad de Madrid o de la Administración del Estado).
- Memoria general de la entidad y de su programa de actuación, según modelo Anexo I.
- Memoria del programa según modelo Anexo II.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad solicitante.
- Copia del DNI/NIE del representante legal (persona física) que solicita la subvención.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Extracto de la Orden de 31 de mayo de 2023, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la atención a las víctimas del terrorismo (BOCM nº 139, de 9 de junio)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).