Información
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ReferenciaD35
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Descripción
En aprovechamientos maderables o leñosos que se comercialicen, el titular del aprovechamiento debe declarar en el plazo de un mes desde que finalice, el volumen total realmente obtenido y el destino de los productos.
Personas destinatarias
Titulares de aprovechamientos maderables o leñosos, realizados en montes dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid, cuyos productos sean objeto de comercialización.
Requisitos
Esta declaración responsable de cuantía y destino del aprovechamiento debe presentarse ante la Comunidad de Madrid si el aprovechamiento se ha realizado en su ámbito territorial, independientemente de donde tenga su domicilio o sede social el interesado.
No sustituye ni equivale a la declaración anual que los Agentes EUTR deben cumplimentar y comunicar ante la comunidad autónoma donde tengan su sede social, a través de la aplicación web declaraciones EUTR.
Normativa
- Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE nº 280, de 22 de noviembre).
- Ley 16/1995, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 127, de 30 de mayo).
- Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes (BOE nº 61, de 12 de marzo).
- Real Decreto 1088/2015, de 4 de diciembre, para asegurar la legalidad de la comercialización de madera y productos de la madera (BOE nº 296, de 11 de diciembre)
Órgano Responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud