Última actualización: 06/11/2024

Descripción

  • Referencia
    A275
  • Descripción

    El Programa para el fomento de la contratación en la Comunidad de Madrid incluye varias líneas de subvención dirigidas a favorecer la contratación de personas jóvenes: 

    • Línea 2: contratación estable de personas jóvenes.
    • Línea 3: impulso al contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada de personas jóvenes.
    • Línea 4: Impulso al contrato de formación en alternancia para personas jóvenes.

     

    El plazo para presentar las solicitudes es de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

  1. Trabajadores autónomos.
  2. Empresas.
  3. Entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro.

Están excluidos:

  1. Sociedades civiles.
  2. Comunidades de bienes.
  3. Agrupaciones de personas físicas o jurídicas. 
  4. Cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica propia, excepto sucursales u otro tipo de establecimientos con autonomía de gestión que compartan la personalidad jurídica de la entidad principal o matriz radicada en España.

Requisitos

Autónomos, empresas y entidades

  1. Tener domicilio social y fiscal en territorio español.
  2. Cumplir con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Si son profesionales colegiados, también tienen que estar al corriente en el pago de las cuotas de la mutualidad.
  3. No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que estuvieran garantizadas.
  4. Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales de acuerdo con la normativa.
  5. No concurrir en alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
  6. Declarar responsablemente en la solicitud:
    1. Si ha solicitado y recibido otras ayudas.
    2. Si ha recibido otras ayudas de “mínimis” en el ejercicio corriente y en los dos ejercicios anteriores.
    3. Si pertenece o no a un grupo de empresas.
    4. Su compromiso a comunicar cuantas solicitudes de subvención, relacionadas con la actividad subvencionada, le sean concedidas con posterioridad a la presentación de la solicitud.
  7. Presentar la solicitud de ayuda en el plazo máximo de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

Personas jóvenes contratadas

  1. Ser menor de 30 años cuando se formaliza el contrato.
  2. Estar inscritas en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en situación de beneficiarias el día anterior a su contratación.
  3. Estar inscritas en alguna de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid como desempleadas demandantes de empleo el día anterior a su contratación.
  4. En el caso de la línea 3, cuando se formalice el contrato, tener:
    1. un título universitario 
    2. un título de grado medio o superior, especialista, máster profesional
    3. un certificado del sistema de formación profesional
    4. un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas
  5. En el caso de la línea 4, carecer de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo para la obtención de práctica profesional.

Contrataciones

  1. El centro de trabajo en el que preste sus servicios la persona contratada debe estar en la Comunidad de Madrid.
  2. Formalizar el contrato por escrito con el modelo establecido por el Servicio Público de Empleo Estatal.
  3. Dar de alta en la Seguridad Social a la persona contratada.
  4. El alta en la Seguridad Social y el inicio de la relación laboral deben ser previos a la presentación de la solicitud.

 

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Escritura de constitución o acta fundacional, en su caso, con sus posibles modificaciones.
  2. Acreditación de la capacidad del representante legal del/la solicitante, para actuar en su nombre y representación.
  3. Documentación de alta en la mutualidad del colegio profesional (sólo en el supuesto que el solicitante sea un trabajador autónomo/profesional colegiado que haya optado por la mutualidad).
  4. Certificado actualizado acreditativo de hallarse al corriente de pago de las cuotas a la mutualidad profesional (sólo en el supuesto que el solicitante sea un trabajador autónomo/profesional colegiado que haya optado por la mutualidad).
  5. Certificado de titularidad bancaria emitido por una entidad financiera que incluya los datos de la cuenta bancaria consignada en la solicitud.
  6. Formulario II Otorgamiento de representación.
  7. Formulario III Relación de las personas contratadas.
  8. Formulario IV Autorización a la Comunidad de Madrid para la consulta de datos del trabajador.
  9. Informe de vida laboral de cada persona contratada, en caso de no presentar el Formulario IV por el que se autoriza dicha consulta.
  10. Formulario V Adenda al contrato de trabajo.
  11. Formulario VI-A Declaración responsable de prevención de riesgos laborales.
  12. Formulario VI-B Certificado de prevención de riesgos laborales del servicio de prevención ajeno.
  13. Formulario VII Declaración responsable (artículo 9 de las normas reguladoras).
  14. Informe de vida laboral de la empresa, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, referido al código de cuenta de cotización principal y de los secundarios, en su caso, del trabajador autónomo que realiza su primera contratación, referido a los doce meses anteriores a la fecha de la contratación.
  15. Copia del título o certificado de profesionalidad de cada persona contratada, o certificación de su solicitud o certificación acreditativa de la terminación de los estudios o de la formación obtenida (sólo en el supuesto de contratos para la obtención de la práctica profesional adecuada).
  16. Copia del contrato de trabajo (sólo en el supuesto de contratos de formación en alternancia).
  17. Informe o consulta acreditativa de la inscripción de la persona contratada en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  18. Declaración responsable de la persona contratada cuando pertenezca al colectivo de personas trans.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Documento de Identificación Fiscal.
  2. Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
  3. En su caso, vida laboral del trabajador autónomo (a efectos de acreditar su alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  • Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de esta convocatoria durante el año 2024 asciende a 14.500.000,00 €.

Documentación de interés

Tramitación

El procedimiento para conceder las subvenciones es el de concesión directa. Las subvenciones se conceden por orden de presentación de las solicitudes válidas en el registro electrónico teniendo en cuenta la fecha y hora. Se concederán subvenciones hasta agotar el crédito presupuestario disponible para este programa.

Si la solicitud y la documentación no reúnen los requisitos establecidos en la normativa, te avisaremos para que subsanes (corrijas) el error o aportes los documentos que falten en un plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos). Si no lo haces, entenderemos que desistes de la petición. 

El órgano responsable analiza las solicitudes y formula las propuestas de resolución. Estas las eleva a la consejería competente en materia de empleo donde resuelven la concesión o denegación de las subvenciones, que se notifica a las personas interesadas.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

4 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar desde el día siguiente al que la recibas: 

  • Un recurso de reposición en el plazo de 1 mes, o bien, 
  • un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses. 

Si no has recibido la orden, a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución puedes presentar: 

  • Un recurso de reposición en cualquier momento, o bien, 
  • un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.

Acceso al trámite de recurso de reposición.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General del Servicio Público de Empleo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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