Descripción
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ReferenciaP28
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Descripción
La XIV edición del Torneo Escolar de Debate se orienta a mejorar el análisis de la información, la capacidad argumentativa, la expresión oral y el trabajo en equipo del alumnado.
Se trata de un concurso de debate académico de carácter competitivo, cuya finalidad es argumentar de manera persuasiva. Presenta dos fases, preliminar y final. Los dieciséis equipos con mejor puntuación en las rondas de la fase preliminar, pasan a la fase final.
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Más información
Calendario de actuaciones
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10/10/2023Concesión de premios
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 11/01/2023 Fecha de fin: 24/01/2023
Destinatarios
Centros públicos, privados y privados concertados de la Comunidad de Madrid con alumnos escolarizados en 4º curso de Educación Secundaria Obligatoria o 1º de Bachillerato.
Requisitos
Requisitos de los centros
- No estar incurso en las prohibiciones establecidas en la normativa de subvenciones.
- Acreditar, en el caso de los centros privados y privados concertados, estar al corriente de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social y no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid.
Requisitos de los equipos:
- Estar formados por alumnos de 4º curso de Educación Secundaria Obligatoria o 1º de Bachillerato
- Existencia de un profesor preparador del equipo de debate.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Datos de los equipos de Debate (Anexo I).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que el centro se oponga de manera expresa. En ese caso, deberá aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago de la Tesorería General de la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberá aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
La autorización por parte de padres madres o tutores legales para la participación en el concurso es necesaria pero no se adjuntará a esta solicitud. Los centros serán responsables de informar de ello a las familias y de recoger y custodiar las autorizaciones.
Se adjunta un modelo en el apartado Documentación de interés.
Para realizar consultas relacionadas con este trámite, puedes hacerlo a través del Correo electrónico: certamenesypremios@educa.madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
Una vez recibidas las solicitudes de todos los centros, se inicia el torneo con la fase preliminar y se realiza, posteriormente, la fase final del Torneo Escolar de Debate con los equipos que superan la fase preliminar.
Finalizado el torneo se publica la orden de concesión de premios, en la que aparecen los centros y profesores preparadores receptores de los premios.
Normativa
- Extracto de la Orden 3661/2022, de 29 de noviembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convoca el XIV Torneo Escolar de Debate de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2022-2023 (BOCM nº 8, de 10 de enero de 2023).
- Orden 3661/2022, de 29 de noviembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convoca el XIV Torneo Escolar de Debate de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2022-2023.
- Orden 3273/2021, de 3 de noviembre, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se modifican diversas Órdenes por las que se aprueban bases reguladoras de subvenciones, con el objeto de adaptarlas a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y de concretar la forma de presentación de las solicitudes de participación de los interesados (BOCM nº 273, de 16 de noviembre de 2021).
- Orden 991/2017, de 4 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras del Torneo Escolar de Debate de la Comunidad de Madrid.(BOCM nº 96, de 24 de abril de 2017)
Órgano Responsable
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- 04 abril 2023
- 22 marzo 2023
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).