Descripción

  • Referencia
    A150
  • Descripción

    Ayudas para apoyar a las asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes que desarrollen su actividad comercial en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con el objetivo de contribuir al desarrollo de actividades de promoción comercial y para el fomento de las actividades de digitalización del pequeño comercio minorista, así como la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) al sector comercial.

  • Más información
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 17/05/2022 Fecha de fin: 16/06/2022

Destinatarios

Asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes que desarrollen su actividad comercial en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y que cumplan los siguientes requisitos:

Requisitos

  1. Que mayoritariamente, entendiendo por tal al menos la mitad más uno, agrupen a socios cuya actividad se encuadre dentro de las agrupaciones:
    • 64 (comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas, tabacos, realizado en establecimientos permanentes); 
    • 65 (comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimiento permanente); 
    • y 66 (comercio mixto integrado al por menor fuera del establecimiento comercial permanente) del Impuesto de Actividades Económicas.
      En el caso de asociaciones, federaciones y confederaciones multisectoriales, entendiéndose por tales todas aquellas que agrupen diversos sectores profesionales, el sector del comercio deberá representar al menos un 30 por 100 del total de las personas físicas y jurídicas representadas en dicha asociación.
       
  2. Que desarrollen actuaciones de fomento de las actividades de digitalización e incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) en beneficio y mejora de la actividad de sus socios, y/o que desarrollen actuaciones de promoción comercial con la finalidad de promover la apertura y revitalización de los establecimientos comerciales, de aprovechar las sinergias entre el comercio y el turismo, así como otras actuaciones similares con los diversos sectores de actividad.
     
  3. Que el número de establecimientos comerciales participantes, esto es, puntos de venta, sea como mínimo de quince, siendo requisito imprescindible que todos y cada uno de ellos tenga el domicilio de su actividad en la Comunidad de Madrid.

    No podrán tener la condición de beneficiarios las asociaciones, federaciones y confederaciones en las que concurra alguna de las circunstancias en la normativa de subvenciones.

    Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Hacienda de la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social.

    Estarán sujetos a las obligaciones que establece el artículo 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Estatutos de la Entidad solicitante (Art.9.6.a). 
  2. Documento acreditativo de la inscripción o, en su caso, solicitud de inscripción para asociaciones, federaciones o confederaciones de nueva constitución, en el registro correspondiente.(Art.9.6.a)
  3. Certificación del acuerdo, o copia del mismo, de los órganos competentes de la asociación, federación o confederación por el que se decide solicitar la ayuda.(Art.9.6.b)
  4. Certificado acreditativo del número de socios de la entidad solicitante, con identificación de los mismos y de la actividad a la que se dedican, incorporando listado nominativo de los mismos y de la actividad a la que se dedican (detalle de IAE) (Art.9.6.c)
  5. Declaraciones Responsables (Anexo II) (Art.9.6, d., e., f., y g.)
  6. Certificado acreditativo de la capacidad de financiación del proyecto.(Art.9.6.h.
  7. Memoria descriptiva y justificativa de la actuación subvencionada (Art.9.6.i.)
  8. Índice detallado de los textos a incluir en folletos y/o material promocional (Art.9.6.j.)
  9. Presupuesto desglosado de los gastos derivados de la actuación objeto del proyecto (Art.9.6.k)
  10. En su caso, presupuesto desglosado de los ingresos derivados de la actuación objeto del proyecto (Art.9.6.l.)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. El órgano gestor solicitará de oficio el Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.(Art. 9.6.m.)
  2. Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Socia.(Art. 9.6.m.)

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Correo electrónico para información y consultas: promocioncomercio@madrid.org

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 30 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras en materia de concesión de ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y de proyectos para la digitalización del comercio minorista (BOCM 12 abril 2022) y art. 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios

Convocatorias anteriores

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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