Última actualización: 28/11/2024

Descripción

  • Referencia
    A110
  • Descripción

    Ayudas destinadas a acelerar las inversiones necesarias:

    • para mejorar la gestión de residuos,
    • garantizar el cumplimiento de nuevos objetivos comunitarios en materia de gestión de residuos municipales, 
    • fomentar las primeras opciones de la jerarquía de residuos y reducir el depósito en vertedero, 
    • contribuir a la lucha contra el cambio climático e implementar estrategias de economía circular. 

     

    Las ayudas financiarán las siguientes líneas de actuaciones

    1. Implantación de nuevas recogidas separadas, especialmente biorresiduos, y mejora de las existentes.
    2. Construcción de instalaciones específicas para el tratamiento de los biorresiduos recogidos separadamente.
    3. Construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente.
    4. Inversiones relativas a instalaciones de recogida (como puntos limpios), triaje y clasificación (envases, papel, etc.) y mejora de las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Nuevo plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 11/06/2022 Fecha de fin: 27/06/2022
  • 10/06/2022
    Ampliación de plazo de presentación de solicitudes
  • Plazo de ampliación de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes ha sido ampliado hasta el 15/06/2022
  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 26/03/2022 Fecha de fin: 25/05/2022

Destinatarios

  1. Las entidades locales de la Comunidad de Madrid, o los consorcios constituidos por dichas entidades locales, que:
    1. tengan asumida la competencia de prestar servicios de recogida o de tratamiento de residuos y
    2. presenten proyectos sobre los servicios de su competencia para su financiación, para las ayudas previstas en las líneas 1, 2, 3 y 4.
  2. Las entidades jurídicas públicas y privadas (empresas, asociaciones, gremios, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, escuelas y universidades, etc.) que:
    1. generen residuos comerciales no peligrosos o domésticos generados en las industrias y 
    2. presenten un proyecto de recogida separada, para las ayudas previstas en la línea 1.
  3. Gestores de residuos que presenten proyectos para las ayudas previstas en las líneas 2, 3 y 4. 

Requisitos

  1. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y de la Comunidad de Madrid, así como frente a la Seguridad Social.
  2. Las Entidades Locales deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de la obligación de la rendición de sus cuentas anuales a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
  3. No podrán tener la condición de beneficiarios las entidades en que concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
  4. Una entidad local no podrá concurrir simultáneamente, para la misma actuación, de manera individual y a través de una entidad supramunicipal en la que esté integrada. 
  5. Respecto a las personas jurídicas, un mismo solicitante no podrá concurrir de forma simultánea, y por el mismo concepto, individualmente y a través de otro tipo de entidad.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

Entidades locales:

  1. Certificación administrativa acreditativa del Acuerdo del órgano competente de solicitud de la subvención.
  2. Documentación acreditativa de la representación del firmante.
  3. Proyecto o anteproyecto, firmado por técnico competente, de las actuaciones a ejecutar, en caso de actuaciones que comporten la construcción de infraestructuras.
  4. Acreditación de licencias, permisos o autorizaciones, en caso de proyectos de construcción.
  5. Carta de compromiso y aceptación, en el caso de actuación que afecte a varias entidades locales.
  6. Declaración de aceptación de la cesión y tratamiento de datos entre Administraciones (Anexo II).
  7. Declaración responsable respecto al principio de no causar daño significativo al medio ambiente (Anexo III).
  8. Declaración responsable del cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR (Anexo IV).
  9. Declaración responsable de la ausencia de conflicto de intereses (Anexo V).
  10. Solicitud del anticipo a cuenta.
  11. Certificación de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, en caso de solicitar anticipo a cuenta.

Personas físicas y jurídicas:

  1. Número de identificación fiscal.
  2. Certificación actualizada del registro correspondiente.
  3. Bastanteo de poderes y NIF del representante.
  4. Acreditación inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT.
  5. Proyecto o anteproyecto, firmado por técnico competente, de las actuaciones a ejecutar, en caso de actuaciones que comporten la construcción de infraestructuras.
  6. Acreditación de licencias, permisos o autorizaciones, en caso de proyectos de construcción.
  7. Declaración de aceptación de la cesión y tratamiento de datos entre Administraciones (Anexo II).
  8. Declaración responsable respecto al principio de no causar daño significativo al medio ambiente (Anexo III).
  9. Declaración responsable del cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR (Anexo IV).
  10. Declaración responsable de la ausencia de conflicto de intereses (Anexo V).
  11. Declaración responsable de las ayudas de Estado, ayudas minimis, recibidas en el ejercicio en curso y en los dos anteriores (Anexo VI).
  12. Actuaciones que se acojan a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 651/2014 (Anexo VII).
  13. Solicitud de anticipo a cuenta.
  14. Aval, certificado de seguro de caución, …, en caso de anticipo a cuenta.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. Certificado de estar al corriente de pagos con la Tesorería General de la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pagos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas relativas a esta ayuda puedes contactar por estos medios:

Tramitación

El estudio de las solicitudes se llevará a cabo individualmente por líneas hasta agotar las disponibilidades presupuestarias.

Si la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud.

Examinada cada solicitud, se emitirá informe sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos en las bases reguladoras, y redactarán y se elevarán al órgano concedente la propuesta de resolución de concesión.

 

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Cuatro meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 458/2022, de 25 de febrero , de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, de bases reguladoras y convocatoria de ayudas para la implementación de la normativa de residuos.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Transición Energética y Economía Circular

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar