Descripción
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ReferenciaL35
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Descripción
Autorización previa necesaria para replantar viñedo.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Destinatarios
Viticultores, ya sean personas físicas o jurídicas.
Requisitos
- Tener a su disposición resoluciones de arranque o derechos de plantación en vigor.
- Tener a su disposición, en propiedad o en régimen de arrendamiento, aparcería o cualquier otra forma conforme a derecho (liquidado de los correspondientes tributos), la superficie agraria para la que solicita la autorización de replantación.
- Comprometerse expresamente a respetar la legislación vigente en materia de replantaciones de viñedo.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Resolución/es de arranque a utilizar
- Documento público o privado, que acredite la potestad del representante legal para actuar en nombre de la persona jurídica. Escritura, poder judicial, estatutos, Reglamento interno, etc.
- Certificado catastral actualizado y/o justificación de la propiedad, o en régimen de arrendamiento o aparcería o cualquier otra forma conforme a derecho que pueda demostrar mediante documento liquidado de los correspondientes tributos.
- Otra documentación acreditativa de ser cultivador de la superficie agraria para la que solicita la autorización, en la que se va a plantar
- En caso de plantación parcial, es necesario plano SIGPAC de los recintos de viñedo a plantar, indicando los límites del área, áreas solicitadas
- Otra documentación
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE del solicitante
- NIF/NIE del representante legal del solicitante
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
- Adjunta los documentos y, para finalizar, pulsa Firmar y enviar solicitud.
Una vez enviada la solicitud, puedes consultar su estado en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial, salvo que seas una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:
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Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa Presentar presencialmente en oficina. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Una vez relleno, pulsa Descargar formulario para descargarlo en formato PDF e imprimirlo.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados para ello.
Recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
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consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para dudas y consultas, puedes contactar a través del correo electrónico: vitiviniculturamadrid@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
Una vez presentada la solicitud, el órgano competente podrá requerir la subsanación de la misma, o bien la aportación de documentación complementaria, para lo que se otorgará un plazo de 10 días. Transcurrido este plazo sin que se haya realizado la subsanación o aportación de documentación requerida, se tendrá por desistida la solicitud.
Tras la valoración de la solicitud, se emitirá la autorización de plantación, que se notificará al interesado.
Una vez realizada la plantación autorizada, deberá presentarse una comunicación de plantación.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Tres meses
Normativa
- Real Decreto 1338/2018 de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola. (BOCM nº 262, de 30 de octubre)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).