Descripción
-
Referencia80083
-
Descripción
Creación y regulación del funcionamiento del Registro de Datos de Planes de Autoprotección en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Este Registro quedará adscrito a la Dirección General competente en materia de Protección Civil.
El Registro de Datos de Planes de Autoprotección tiene carácter administrativo, electrónico y es un instrumento público para el conocimiento de los datos referidos en los Anexos I a IV de este Decreto que recogen, entre otros, los exigidos por el Anexo IV de “la Norma Básica de Autoprotección”.
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
El Registro de Datos de Planes de Autoprotección permite la inscripción de los datos más relevantes para la protección civil de los planes de autoprotección de aquellos centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia existentes en la Comunidad de Madrid que, de conformidad con la normativa vigente en cada momento, deban disponer de este tipo de Plan. Estos planes se deben elaborar conforme a “la Norma Básica de Autoprotección”.
Ámbito de aplicación
- El Registro de Datos de Planes de Autoprotección abarcará los centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid que deban tener plan de autoprotección, según se regula en el Anexo I de “la Norma Básica de Autoprotección”.
- Los municipios ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid podrán, adicionalmente, establecer registros municipales de planes de autoprotección de los centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias sitas en sus respectivos términos municipales.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Podrás consultar las Instrucciones de documentación y tramitación en la sección Documentación de interés.
Documentación de interés
Normativa
- Corrección de errores del Decreto 74/2017, de 29 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula el funcionamiento (BOCM nº 213, de 7 de septiembre)
- Decreto 74/2017, de 29 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula el funcionamiento del Registro de Datos de Planes de Autoprotección de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 210, de 4 de septiembre)
Órgano responsable
Te puede interesar
Alta o modificación de datos en la base de datos de terceros
24 abril 2005Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos
19 julio 2024Ejercicio de derechos sobre protección de datos personales
31 julio 2019Certificación de datos obrantes en el expediente del personal funcionario
24 abril 2005- 15 abril 2008
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).