Descripción
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Referencia2648
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Descripción
Adhesión con carácter voluntario al Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambiental EMAS.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Las organizaciones que deseen incluir en el registro EMAS uno o varios de sus centros localizados en la Comunidad de Madrid, deben realizar y adoptar una política basada en los principios de cumplimiento de la legislación medioambiental y la mejora continua de su gestión medioambiental.
Dichas organizaciones deberán seguir los siguientes pasos:
- Análisis preliminar de las actividades del centro para conocer sus impactos y efectos sobre el medioambiente. La evaluación sobre el consumo de energía, agua, materias primas, reducción de residuos, emisiones y vertidos.
- Establecer un programa medioambiental que contemple: responsabilidades, actividades, objetivos específicos, medios materiales y humanos y plazos para su aplicación.
- Establecer el sistema de gestión medioambiental: estructura organizativa, responsabilidades, práctica, procedimientos y unos sistemas de control.
- Realizar auditorías por auditores internos o externos cada año.
- Elaborar una Declaración Ambiental y hacerla validar por un verificador acreditado.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Declaración medioambiental validada.
- Declaración medioambiental sin validar (en caso de aplicación de la excepción del artículo 7).
- Declaración del verificador medioambiental conforme al Anexo VII del Reglamento EMAS.
- Certificado de acreditación del verificador medioambiental.
- Confirmación del verificador medioambiental de que se cumplen las condiciones para la aplicación del artículo 7.
- Otros. Especificar
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Documentación de interés
Tramitación
Se podrá consultar en la sección Documentación de Interés.
Normativa
- Decreto 25/2003, de 27 de febrero, por el que se establece el procedimiento para la aplicación en la Comunidad de Madrid del Reglamento (EMAS), del Parlamento Europeo y del Consejo (BOCM nº 64, de 17 de marzo)
- Resolución de 11 de diciembre de 2009, del Director General de Evaluación Ambiental, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 308, de 29 de diciembre)
- Resolución de 2 de febrero de 2011, del Director General de Evaluación Ambiental, por la que se modifica la Resolución de 11 de diciembre de 2009, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 53, de 4 de marzo).
- Reglamento (CE) nº 1221/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).