Información
Información
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TasaRequiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas físicas o jurídicas.
Requisitos
- Estar inscritos los datos sobre los que se solicita el documento en el Registro de Cooperativas.
- La sociedad cooperativa debe tener su principal ámbito de actuación en la Comunidad de Madrid.
- Pagar la tasa que corresponde al certificado o fotocopias solicitadas. Las notas informativas no requieren el pago de tasas.
- Indicar en la solicitud:
- Tipo de solicitud:
- Nota simple informativa
- Certificación
- Fotocopias diligenciadas
- Petición en que se concreta la solicitud:
- Datos sobre la cooperativa inscrita sobre la que se pide la certificación: nombre y número de inscripción.
- Documentación sobre la que se solicita fotocopia, por ejemplo, asientos registrales, cuentas depositadas de un ejercicio económico, estatutos, etc.
- Tipo de solicitud:
Documentación
No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Registro de Entidades de Economía Social.
- Dirección: Calle Ramírez de Prado, 5bis. 28045 Madrid
- Correo electrónico: entidades_economia_social@madrid.org
Normativa
- Ley 2/2023, de 24 de febrero, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 50, de 28 de febrero de 2023).
- Decreto 177/2003, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 181, de 1 de agosto de 2003).
- Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas (BOE nº 40, de 15 de febrero de 2002).
- Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, de aplicación supletoria (BOE nº 170, de 17 de julio de 1999).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General de Autónomos y Emprendimiento
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
La emisión de notas informativas no requiere el pago de tasas.
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
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Emisión de certificados por el Registro de CooperativasPagar tasa 6.04€
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Copia autenticada en formato A4 a partir de papel o de microfilm (precio por hoja)Pagar tasa 0.15€
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez emitidos los documentos, enviaremos un aviso a la persona solicitante para informarle de que los documentos solicitados ya están disponibles, por alguno de los siguientes medios:
- Notificación electrónica.
- Correo postal.
- Correo electrónico, sólo en casos excepcionales.
Plazo de respuesta
El plazo aproximado de respuesta es de 1 mes.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud