• Pendiente apertura plazo

  • En plazo

    En plazo

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    87355
  • Descripción

    Programa que brinda una alternativa de alojamiento a personas que deseen compartir vivienda con otras de características similares, con el fin de enriquecer las relaciones personales y evitar situaciones de soledad. Compartiendo la vivienda de uno de los participantes o bien alquilando una nueva vivienda entre los mismos.

Requisitos

Personas mayores de 65 años, excepcionalmente mayores de 60 años, autónomas e independientes para realizar las actividades básicas e instrumentales de la vida diaria, residentes en la Comunidad de Madrid, con una antigüedad de al menos 1 año desde la fecha de la solicitud.

Documentación a presentar

Toda persona interesada en conocer con mayor detalle en qué consiste el programa de promoción de la convivencia y alojamiento para personas mayores, deberá dirigirse al teléfono de contacto facilitado 647 585 811, con objeto de solicitar una información más detallada de las características que se ofrecen a través del mismo. Una vez iniciado ese primer contacto, y cumpliendo una serie de requisitos ( edad, lugar de residencia…), se puede concertar una entrevista con el equipo de los profesionales del programa, para valorar la idoneidad de la persona interesada así como de la unidad de convivencia e inclusión en el mismo. En una primera fase del programa, no es necesario presentar ninguna documentación.

Presentación de solicitudes

No existe un formato oficial de solicitud, pues se trata de la participación en un programa para lo que es necesario pasar un proceso de idoneidad. En el caso de que se considere un candidato idóneo para la participación en el mismo, se realizará un documento de inclusión en el programa, y por tanto, susceptible de formar una unidad de convivencia con otra persona afín.

   

Información Complementaria

Información a través del teléfono 012 y en la oficina de información del programa teléfono: 647 585 811.

Órgano responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Juventud

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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