Descripción

  • Referencia
    92443
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    Cuarta edición de los Reconocimientos y las Menciones en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid correspondiente al año 2021.

    Los reconocimientos y menciones en materia de prevención de riesgos laborales de la Comunidad de Madrid tienen como finalidad contribuir a la difusión de la cultura de la prevención y a incentivar las mejores soluciones preventivas adoptadas, para contribuir a la reducción de los daños derivados de las condiciones de trabajo mediante la mejora de las mismas.

Calendario de actuaciones

Requisitos

Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de los reconocimientos, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tengan al menos un trabajador por cuenta ajena, con actividad económica en la Comunidad Autónoma de Madrid y en centros de trabajo situados en su ámbito territorial.

En ningún caso pueden serlo aquellos que hayan sido sancionados, con carácter firme, por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, en el plazo de los cinco años anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria.

 

Requisitos

Pueden ser objeto de los Reconocimientos en Prevención de Riesgos Laborales, las buenas prácticas preventivas entendidas como tales cualquier actuación, acción o medida desarrollada con un beneficio tangible en la seguridad y salud laboral.

Esta cuarta edición está dirigida a las actuaciones, tanto técnicas como organizativas, que han desarrollado las organizaciones para la prevención y el control de la COVID-19.

Se consideran temas prioritarios, los siguientes:

  1. Implantación de medidas complementarias a las medidas de prevención e higiene establecidas en el Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (Radar COVID, gestión de contactos extralaborales de los trabajadores, etcétera).
  2. Compromiso de actualización de las medidas implantadas.
  3. Protocolo adaptado y personalizado para la detección, notificación, estudio y manejo de casos y contactos.
  4. Sistema de gestión contra el COVID-19 avalado por entidad externa.

    Documentación a presentar

    Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.

    Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:

     

    Documentos que se aportan junto a la solicitud

    1. Poder de representación
    2. Documentación acreditativa del número de trabajadores de la empresa
    3. Memoria explicativa de las buenas prácticas preventivas desarrolladas
    4. Documentación adjunta a la memoria explicativa
    5. Declaración responsable del tipo de modalidad para la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas
    6. Declaración responsable de haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva

     

    La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

    1. Documento nacional de identidad del solicitante o, en su caso, del representante de la sociedad o persona autorizada. (sociedad/empresa/entidad)
    2. Número de identificación fiscal de la sociedad. (sociedad/empresa/entidad)
    3. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social

     

    La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberá aportarlos al procedimiento:

    1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)

     

    Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

    Presentación de solicitudes

    La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

    Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

    1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
    2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
    3. Selecciona una de estas dos opciones:
      1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
      2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
    4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

    Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

    • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
    • consultar su estado de tramitación.

    Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

    Tramitación

    El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con los criterios de valoración previstos en el artículo 16 del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, del Consejo de Gobierno.

    Las candidaturas serán evaluadas por el Jurado Calificador nombrado. Su propuesta de resolución se elevará, a través del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, al Consejero competente en la materia que resolverá la convocatoria mediante Orden.

    Se otorgará, entre todos los solicitantes que concurran y cumplan las condiciones exigidas en las correspondientes bases o convocatorias, un primer premio y dos menciones del Jurado a quienes resulten finalistas por cada una de las categorías siguientes:

    • Empresas o entidades con una plantilla hasta 50 trabajadores.
    • Empresas o entidades con una plantilla de más de 50 trabajadores.

    Normativa

    Órgano Responsable

    Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
    Organismo Autónomo Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST)

    El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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