Descripción

  • BOCM de la convocatoria
    BOCM Nº 278 de 22 de noviembre de 2017
  • Referencia
    1881889
  • Plazas convocadas

    3 (1 para el Turno libre y 1 para Promoción interna, se reserva 1 plaza para personas con discapacidad)

  • Titulación
    Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente
  • Sistema de selección

    Concurso Oposición

Destinatarios y/o requisitos

1. Tener la nacionalidad española.
2. Tener cumplidos los 18 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3. Estar en posesión del Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.
4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
6. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
7. El requisito dispuesto en la base 1.3 podrá entenderse cumplido si el aspirante posee una antigüedad de 10 años en un Cuerpo o Escala del grupo D (del artículo 14 del Estatuto de Personal de la Asamblea de Madrid), de conformidad con lo dispuesto por el artículo 39.4 del Estatuto de Personal de la Asamblea de Madrid en concordancia con la Disposición Adicional vigésimo segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
8. Los funcionarios de la Asamblea de Madrid que accedan por promoción interna deberán poseer los requisitos exigidos para el ingreso en el cuerpo y escala objeto de la convocatoria y tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el Cuerpo o Escala desde el que se desea acceder y superar las correspondientes pruebas selectivas.

Temario >
Se podrá consultar en el apartado información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.

Desarrollo de la oposición, fase concurso y califiación de los ejercicios >
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Lista de espera >
Se formará lista de espera con aquellos aspirantes que, no habiendo superado el proceso selectivo, manifiesten expresamente su voluntad de conformar la lista de espera en la solicitud (Anexo II) y hayan aprobado, como mínimo, el primer ejercicio de la oposición.

Documentación a presentar

1. Solicitud, (Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud).
2. Justificante de haber abonado la tasa, ver apartado información relacionada pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.

Presentación de solicitudes

* Solicitudes:

- Recogida:

Ver apartado Gestión.

- Presentación:

Las solicitudes podrán presentarse preferentemente en Registro General de la Asamblea de Madrid o en cualquier Oficina de Asistencia en Materia de Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

Información complementaria >

Para más información sobre la evolución de esta y otras convocatorias de la Asamblea de Madrid, pinche en el siguiente enlace.

   

Documentación de interés

Temario (Anexo I)
Descargar
45.36 KB
Desarrollo de la oposición, fase concurso y calificación de los ejercicios
Descargar
54.29 KB
Tasas y exención de pago
Descargar
43.52 KB

Normativa

Órgano responsable

Otras Instituciones
Asamblea de Madrid

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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