• Pendiente apertura plazo

  • En plazo

    En plazo

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    2790227
  • Objetivo

    Orden de llamamiento y adjudicación de destinos del personal contratado en virtud del artículo 16.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores para la prestación de servicios durante la Campaña INFOMA 2019. (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha, según Categorías).

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

Por Acuerdo de 25 de junio de 2015, de la Comisión Paritaria de Vigilancia, Interpretación y Desarrollo del vigente Convenio Colectivo de la Comunidad de Madrid por el que se ratifican los acuerdos adoptados por la Mesa Técnica del INFOMA de 28 de mayo de 2015 se acuerda que:

A partir de la campaña INFOMA del año 2016 el orden de llamamiento de todos los trabajadores para la adjudicación de destinos, se realizará a través de una lista única, en base a la antigüedad reconocida en la Comunidad de Madrid, en caso de empate, por servicios prestados en la campaña INFOMA, y en último término de persistir el empate, por la letra de la Oferta de Empleo Público.

Tramitación >

Con la finalidad de dar publicidad al orden resultante de la aplicación de los criterios anteriores, se procede a publicar en www.madrid.org/portalciudadano/ así como en el tablón de anuncios de la Dirección General de Emergencias, la relación ordenada por categorías del personal que tiene relación laboral con la Comunidad de Madrid para la prestación del servicio durante la campaña INFOMA, y que será llamado para la prestación de servicios durante el ejercicio 2019, según las necesidades que determine la Dirección General de Emergencias.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Secretaría General Técnica de Presidencia, Justicia y Administración Local

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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